REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 23 de Septiembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2012-024004
ASUNTO : KP01-P-2012-024004


JUEZA: ABG. ANAREXY CAMEJO
SECRETARIA: ABG. ELENA GARCIA MONTES
ALGUACIL: FRANKLIN ROMERO
FISCAL 11º DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. ROSMARY CORDERO
IMPUTADO: CARLOS JOSE BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.748.100, natural de Guatire Estado Miranda, nacido en fecha 20/0171962, de 50 años de edad, casado, grado de instrucción 6to grado de primaria, de profesión u oficio comerciante, hijo de Reina Josefina Bolívar (D) y de Rene de León, residenciado en: BARRIO LAS TINAJITAS, AL LADO DEL TERMINAL NUEVO, CALLE 5, CASA Nº 127 DE ESTA CIUDAD.- TELEFONO: NO POSEE.- REVISADO EN EL SISTEMA JURIS 2000 EL MISMO NO REGISRA OTRAS CAUSAS POR ANTE ESTE TRIBUNAL.-
DEFENSA PÚBLICA: ABG. YESENIA HERRERA (SOLO POR ESTE ACTO POR LA DEFENSA Nº 16 ABG. ZAIDA MONSALVE)
DELITO: POSESION ILICITA DE SUTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 34 de Ley Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
FALLO: DEJA SIN EFECTO ORDEN DE APREHENSION.
AUDIENCIA ORAL DE CONFORMIDAD CON EL 236 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL.

En horas del día de hoy, se celebra audiencia de conformidad con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, se constituye el Tribunal de Control Nº 02, integrado por la Jueza Profesional, Abg. ANAREXY CAMEJO, la Secretaria de Sala, Abg. ELENA GARCIA MONTES y el Alguacil de Sala FRANKLIN ROMERO.- en el cual el tribunal observa lo siguiente:
De la Opinión Fiscal.
Se le concede la palabra a la Representación Fiscal, quien expone: “Visto lo manifestado por el imputado y visto que no consta en el asunto consignación de boleta alguna es por lo que solicito se deje sin efecto la orden de aprehensión y se fije fecha para la audiencia preliminar del COPP., , es todo”.

De la imposición del precepto constitucional
El Tribunal impuso al imputado, de los hechos como de sus derechos, lo instruyó del precepto constitucional inserto en el numeral 5 del artículo 49 de la Carta Magna que establece una garantía en su favor, que no está obligado a rendir declaración en su contra, salvo a los fines de su defensa. Asimismo, le fueron explicados de modo claro y sencillo, los hechos por los cuales el Tribunal le libró Orden de Aprehensión y los que motivan la presente audiencia, se le informó de los derechos y garantías que le ofrece el ordenamiento jurídico. El acusado libre de juramento, así como de toda coacción o apremio, manifestó su voluntad de declarar y en consecuencia expuso: “A mi nunca me llego notificación y en el sistema consta como me he presentado siempre y de hecho me detuvieron en taquilla de presentación, es todo”.-

De la opinión de la defensa
“Solicito se deje sin efecto la Orden de Aprehensión , asimismo solicito se designe correo especial al mismo a los fines que se dirija a la ASESORIA JURIDICA del CICPC CARACAS, Distrito Capital, para que sea excluido del sistema computarizado, es todo”.- - Escuchada las exposiciones de las partes.

Dispositiva
ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Se ORDENA la LIBERTAD del ciudadano CARLOS JOSE BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.748.100.-SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión en contra de CARLOS JOSE BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.748.100, de fecha 27/05/2013.- TERCERO: Se fija Audiencia Preliminar de conformidad con el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día 13/09/2013, a las 08:30 A.M.- - La presente decisión se fundamentará dentro de los cinco (05) días hábiles de despacho siguientes, quedando notificados los presentes. La Jueza dio por terminado el acto, es todo, terminó, se leyó y firman.-
LA JUEZA DE CONTROL No. 02

ABG. ANAREXY CAMEJO

LA SECRETARIA

ABG. _________________

Se dio cumplimiento a lo ordenado.