REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Estado Lara
Barquisimeto, 02 de Abril de 2014
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-S-2014-1611
AUTO FUNDADO QUE ACUERDA LA PRORROGA SOLICITADA
(Conforme al parágrafo único del artículo 79 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia)
Visto el escrito presentado en el presente asunto por la Fiscalía 28° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 26-03-2013, mediante el cual solicita se acuerde prórroga a fin de recabar elementos de convicción cuyos resultados son necesarios para dictar el acto conclusivo que haya lugar, en el presente procedimiento, el cual se le sigue contra el ciudadano JAIME COLMENAREZ, a quien se le imputa la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA.
En el caso de autos, la causa inició el 04 de Diciembre de 2013, tal como se evidencia de oficio nº S/N-2013 de fecha 04-12-2013, el cual riela en el folio uno del presente asunto y la solicitud de prórroga fue consignada ante este Tribunal de Control Nº 03 el día 26-03-2014, tal como consta de escrito de recepción de documentos, que riela al folio (03) de la presente causa, y la mencionada prórroga ha sido requerida en su debida oportunidad, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 79 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en consecuencia, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control N° 3, Audiencias y Medidas del Estado Lara, Administrando Justicia En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y se acuerda prórroga de noventa (90) días a fin que la representación fiscal solicitante presente el correspondiente acto conclusivo, computándose dicho lapso a partir del 04 de Abril de 2014; todo de conformidad con lo establecido en el artículo in comento en el cuarto aparte. Es todo. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Cúmplase.
La Juez de Control Nº 03
La Secretaria (o)
Abg. Neddibell Giménez Jiménez