REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de abril de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO: KP02-V-2011-003881
Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 23-01-2012, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, instaurada por BANCO PROVINCIAL S.A BANCO UNIVERSAL, a través de su Apoderado Judicial FARID RICHA DORADO, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N° 60.097, contra la ciudadana PATRICIA YSABEL MARTINEZ MARIN, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de identidad N° V.-11.792.518. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 06-12-2012, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Iribarren del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Quince (15) días del mes de Abril del año dos mil catorce. Años: 203° y 155°
EL JUEZ,
ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA,
AUDREY LORENA PINTO
En la misma fecha se publicó a la 11:26 a.m.
La Sec:
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