REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren
de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, 14 de Abril de 2014
203º y 155º
Asunto: KN03-X-2014-000011
Principal KP02-M-2014-000076
Resolución: Interlocutora
Se abre el presente cuaderno separado de medidas, en juicio por motivo de COBRO DE BOLÍVARES, (VÍA INTIMACIÓN), intentado por el abogado ROBERTO DAVID MONTES inscrito en el IPSA bajo el Nª 108.668 en su condición de endosatario en procuración de la ciudadana SILVIA BETANCOUR DE LOBATON venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª V- 4.730.067 contra: DALIA ALTAGRACIA LISCANO BURGOS titular de la cédula de identidad Nª V- 2.539.570. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, se decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre BIENES MUEBLES de la parte demandada por la cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL CIEN BOLIVARES (Bs. 85.100,00) que comprende el total al DOBLE de la siguiente cantidad, relativas al concepto reclamado:
A- TRECIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.300.000,00): capital exigido
B- CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 4.800,00): por concepto de derecho de comisión al 1.6%.
Más los intereses que sigan generando hasta la definitiva cancelación de la deuda, adicionándose las costas y costos procesales calculados prudencialmente al 25 % del capital exigido en la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 75.000,00) de conformidad con el articulo 648 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien si dicho embargo recae sobre CANTIDADES DE DINERO; el mismo deberá ser por el monto de TRECIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 304.800,00), que es la suma del concepto arriba descrito, adicionándose las costas que ascienden a de SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 75.000,00), y en este caso las cantidades de dinero deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Supremo de Justicia.
La Jueza Temporal,
Abg. Emma García
La Secretaria
Abg. Ilse Gonzales
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