Treinta y seis (36)
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 23 de abril de 2014
204º y 155°
DEMANDANTE: BANESCO BANCO UNIVERSAL” debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de fecha 13 de junio de 1997 bajo el N° 01 tomo 16-A.
APODERADO ACTOR: LENIN JOSE COLMENAREZ LEAL, inscrito en el IPSA bajo el N° 94.464
DEMANDADOS: La Sociedad Mercantil “IMPORTADORA SURKA 21 C.A.” en su carácter de deudora principal, representada por el ciudadano: JONATHAN EVELIO GARCÍA MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.095.274 como fiador solidario respectivamente.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
ASUNTO: KP02-M-2014-000007
visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado en fecha 14 de marzo de 2014, presentado por el abogado LENIN JOSE COLMENAREZ LEAL, apoderado judicial tal y como se evidencia en el folio (13) de la presente causa, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para su guarda y cuido.
La Jueza Temporal
Abg. Emma García
La Secretaria
Abg. Ilse Gonzales
Seguidamente se cumplió lo ordenado:
La Sec.-
EG/ig/paa.-
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