REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de agosto de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : KP02-S-2014-006700

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana MIRIAM GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.834.299 de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio MIRTHA LEON, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 219.547 evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante ciudadana MIRIAM GUTIERREZ ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la Ciudadana MIRIAM GUTIERREZ anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

La Juez Titular., La Secretaria Titular.,

Abg. Marylin Martín Abg. Mailim C. Briceño R.






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MMM/MCBR/PALG.-