REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de agosto de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: KP02-S-2014-007407
Vista la solicitud de Titulo Supletorio presentada por la ciudadana CARMEN BORISLINA PAEZ AMARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.878.285, debidamente asistida por el abogado en ejercicio NICHOLY ERIK CORTEZ GUTIERREZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 148.987, mediante la cual solicitan se Declare Titulo Supletorio, a favor de la solicitante antes identificada sobre unas bienhechurías las cuales se encuentran construidas sobre un terreno propio, propiedad de la ciudadana MARIA ELENA AMARO.
Seguidamente el este Tribunal observa:
UNICO
De la revisión detallada de la presente solicitud se desprende que fue interpuesta por la ciudadana CARMEN BORISLINA PAEZ AMARO, plenamente identificada, y la misma fue presentada en nombre propio y siendo que las bienhechurías sobre las cuales solicitan se declare Titulo Supletorio se encuentran construidas sobre terreno propio tal como se evidencia del documento de propiedad consignado en copias simples a los folios Dos (02) al Seis (06) de la presente causa; demostrándose del mismo que el terreno es propiedad de la ciudadana MARIA ELENA AMARO, es por lo que queda evidenciado que el solicitante no tiene cualidad para dicha solicitud, siendo que la misma debe ser interpuesta por la propietaria MARIA ELENA AMARO, tal como se evidencia de la copia del título de propiedad consignado, razón por la cual este Tribunal, mal podría Decretar Titulo Supletorio a favor de la ciudadana CARMEN BORISLINA PAEZ AMARO. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARE INADMISIBLE la presente solicitud.
Regístrese y publíquese.
Dado Firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los Once (11) días del mes de Agosto del Año 2014. Años 203° y154°……………………………………………………………………………………
La Juez Titular
Abg. Marylin Martin M.- La Secretaria Titular
Abg. Mailim Briceño R.
MMM/MCBR.-
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