Solicitud Nro. 4657
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, VEINTIOCHO (28) DE ENERO DE DOS MIL CATORCE (2.014).
203° y 154°
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: ISMAEL DE JESUS BARRETO y MARIA TEOTISTE BALBUENA DE BARRETO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.904.749 y V-5.005.698, domiciliados en el Sector Pueblo Nuevo, Casa s/n, de la Parroquia Santa Ana, Municipio Pampán, Estado Trujillo, debidamente asistidos por la Abogada ALICIA MARIA LOPEZ MONTILLA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 65.561, mediante la cual solicita de este Tribunal, se le declare como los Únicos y Universales Herederos del De Cujus CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.378.060, quien falleció en fecha Veintisiete (27) de Julio de Dos Mil Trece (2.013), según consta del Acta de Defunción expedida por el Registrador Civil del Municipio Pampán del Estado Trujillo, signada con el Nº 40, de fecha 30-07-2013, la cual cursa al folio 03, de la presente Solicitud. Ahora bien, este Tribunal admite la solicitud con vista a los recaudos presentados: 1.- Acta de Defunción del De Cujus CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA, Partida de Nacimiento del De Cujus CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA; Declaración de los Testigos, ciudadanos: ROMAN, FLORA DEL CARMEN, MONTILLA TORRES, SERGIO ANTONIO, SANCHEZ GUDIÑO, MARIA TEODOLINDA y ROMAN, RUFINA.-
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1.-) Acta de Defunción del De Cujus CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA, con ella se demuestra que el mismo falleció en fecha Veintisiete (27) de Julio de Dos Mil Tres (2.003), tal como lo han alegado los solicitantes. 2.-) Partida de Nacimiento del De Cujus CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA, con la misma se demuestra, que el mencionado causante era hijo de los ciudadanos ISMAEL DE JESUS BARRETO y MARIA TEOTISTE BALBUENA DE BARRETO. 3º) Declaración de los testigos ROMAN, FLORA DEL CARMEN, MONTILLA TORRES, SERGIO ANTONIO, SANCHEZ GUDIÑO, MARIA TEODOLINDA y ROMAN, RUFINA, evacuadas por ante este Tribunal, en fecha 06 de Diciembre del Año Dos Mil Trece (2.013), cursantes a los folios (14, 15, 16 y 17) del presente Expediente, quienes manifestaron, que si conocieron de vista, trato y comunicación al causante CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA; Que saben y le consta que los ciudadanos ISMAEL DE JESUS BARRETO y MARIA TEOTISTE BALBUENA DE BARRETO, eran los legítimos padre del extinto CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA; Que saben y le consta que el extinto CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA, nunca contrajo matrimonio, ni tuvo hijos, como también saben que ellos son los únicos y Universales Herederos del mencionado causante. Dichos testigos la merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.-
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA, quien falleció en fecha Veintisiete (27) de Julio de Dos Mil Trece (2.013), según consta del Acta de Defunción expedida por el Registrador Civil del Municipio Pampán del Estado Trujillo, a los ciudadanos: ISMAEL DE JESUS BARRETO y MARIA TEOTISTE BALBUENA DE BARRETO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.904.749 y V-5.005.698, en su condición de padres del causante CARLOS ALBERTO BARRETO BALBUENA.-
Se deja a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
Conforme a lo solicitado se acuerda expedir Tres (03) Copias Fotostáticas debidamente certificadas por Secretaria, de conformidad con lo previsto en el Articulo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase todas las actuaciones en Original a la solicitante, y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el Archivo de este Juzgado.
EL JUEZ

ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA

ABG. ESTHER JANETH MALDONADO GODOY