Nro. 4643
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, NUEVE (09) DE ENERO DE DOS MIL CATORCE (2.014).-
203° y 154°
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARITZA COROMOTO MONTILLA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº V-5.755.022, domiciliada en el Sector Santo Domingo, Calle Principal, Casa Nº 56-59, Parroquia Pampanito II, Municipio Pampanito del Estado Trujillo, debidamente asistida por la Abogada MAGALY PARGAS, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 44.415, mediante la cual solicita de este Tribunal, se le declare como la Única y Universal Heredera del De Cujus JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.557.245, quien falleció en fecha Treinta y Uno (31) de Octubre de Dos Mil Trece (2.013), según consta del Acta de Defunción expedida por el Registrador Civil del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, signada con el Nº 54, de fecha 13-11-2013, la cual cursa al folio 04, de la presente Solicitud. Ahora bien, este Tribunal admite la solicitud con vista a los recaudos presentados: 1.- Acta de Defunción del De Cujus JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, Partida de Nacimiento del De Cujus JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA; Declaración de los Testigos, ciudadanos: GRACIELA MORILLO DE DABOIN, MARIA AUXILIADORA SANTOS MARQUEZ y CUSTODIA MORALES.-
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1.-) Acta de Defunción del De Cujus JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, con ella se demuestra que el mismo falleció en fecha Treinta y uno (31) de Octubre de Dos Mil Tres (2.003), tal como lo alegó la solicitante. 2.-) Partida de Nacimiento del De Cujus JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, con la misma se demuestra, que el mencionado causante era hijo de la ciudadana MARITZA COROMOTO MONTILLA. 3º) Declaración de los testigos GRACIELA MORILLO DE DABOIN, MARIA AUXILIADORA SANTOS MARQUEZ y CUSTODIA MORALES, evacuadas por ante este Tribunal, en fecha 25 de Noviembre del presente Año Dos Mil Trece (2.013), cursantes a los folios (7, 8 y 9) del presente Expediente, quienes manifestaron, que si conocieron de vista, trato y comunicación al causante JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, como también conocieron a su difunto padre ABILIO ANTONIO PERDOMO PERDOMO; Que saben y le consta que JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, vivía con su señora madre, en el Sector Santo, Calle Principal, casa Nº 56-59, de la Parroquia Pampanito II, Municipio Pampanito del Estado Trujillo; Que saben y le consta que el extinto JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, falleció en su residencia a consecuencia de asfixia Mecánica, el 31 de Octubre del presente año 2.013; Que saben y le constan que la Única y Universal Heredera del causante JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, es su señora madre MARITZA COROMOTO MONTILLA. Dichos testigos la merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.-
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA, quien falleció en fecha Treinta y Uno (31) de Octubre de Dos Mil Trece (2.013), según consta del Acta de Defunción expedida por el Registrador Civil del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, a la ciudadana: MARITZA COROMOTO MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.755.022, en su condición de madre del causante JOSE ANTONIO PERDOMO MONTILLA.-
Se deja a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
Conforme a lo solicitado se acuerda expedir Cuatro (4) Copias Fotostáticas debidamente certificadas por Secretaria, de conformidad con lo previsto en el Articulo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase todas las actuaciones en Original a la solicitante, y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el Archivo de este Juzgado.
EL JUEZ

ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA

ABG. ESTHER JANETH MALDONADO GODOY