REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dieciséis de enero de dos mil catorce
203º y 154º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2013-000235
PARTE ACTORA: ANDERSON RAMON BLANCO ARAUJO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RUBÉN RONDÓN
PARTE DEMANDADA: WILLIAN BRICEÑO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REYES BRICEÑO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIOENS SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES

En el día hábil de hoy, 16 de Enero de 2014, siendo las 2:24 PM, adelantada por voluntad entre las partes, para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos parte demandante ANDERSON RAMON BLANCO ARAUJO titular de la cedula de identidad N- 9.316.313, asistido en este acto por su Apoderado Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886,y la parte demandada WILLIAN BRICEÑO, titular de la cedula de identidad N- 13.896.247, asistido por el Abg. REYES BRICEÑO, inscrito en el IPSA bajo el N- 36.951, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Luego de depurados los conceptos y montos arroja la cantidad de Bs. 9.000,00 que comprende los conceptos de antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades, que la parte demandada cancelara en dos partes; la primera para el 31 de enero de 2014 por un monto de Bs. 4.500,00 y la segunda cuota para el 28 de febrero del 2014, por el monto de Bs. 4.500,00 en este estado la parte actora esta de acuerdo con el resultado del estudio en mesa, y libre de constreñimiento acepta ambas partes solicitan al Tribunal que homologue el acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se devuelven los escritos de pruebas a las partes, no se condena en costas por el acuerdo llegado. Se termina la audiencia conforme se lee y firman.
La Juez
La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Adriana Bracho


Demandante Abg. Asistente



Demandando Abg. Asistente