REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION EL TOCUYO
DIEZ (10) DE ENERO DE DOS MIL CATORCE (2014)
204° y 155°

SOLICITUD Nº 13-269-A2


Por cuanto observa este Tribunal que ha transcurrido integralmente el lapso fijado para que los solicitantes subsanaran los defectos u omisiones que presenta el escrito de la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es forzoso para este Tribunal declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, INADMISIBLE, la solicitud.

La Jueza;

Abog. Ana Cecilia Acosta
La Secretaria;

Abog. Aura Rosa Molina

En esta misma fecha se dejo copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó el día de hoy, Viernes (10) de Enero de 2014, siendo las 12:21 del mediodía. Conste.

La Secretaria;

Abog. Aura Rosa Molina

ACAM/AM



ACAM/AM