REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION EL TOCUYO
DIEZ (10) DE ENERO DE DOS MIL CATORCE (2014)
204° y 155°
SOLICITUD Nº 13-269-A2
Por cuanto observa este Tribunal que ha transcurrido integralmente el lapso fijado para que los solicitantes subsanaran los defectos u omisiones que presenta el escrito de la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es forzoso para este Tribunal declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, INADMISIBLE, la solicitud.
La Jueza;
Abog. Ana Cecilia Acosta
La Secretaria;
Abog. Aura Rosa Molina
En esta misma fecha se dejo copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó el día de hoy, Viernes (10) de Enero de 2014, siendo las 12:21 del mediodía. Conste.
La Secretaria;
Abog. Aura Rosa Molina
ACAM/AM
ACAM/AM