En el día de hoy, veinticinco (25) de febrero de dos mil catorce (2.014), siendo las diez horas de la mañana (10:00) a.m., día y hora fijado por este tribunal para llevar a efecto el PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presente juicio, se hizo al anuncio de ley, dado a las puertas del despacho por el alguacil de este juzgado y no habiendo comparecido ninguna de las partes, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento y ordena su archivo definitivo.
El Juez Temporal,

Abg. Asdrúbal José Pacheco.
La Secretaria Accidental,

Abg. Mary Trini Godoy.
AJP/pdpp