REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, catorce de febrero de Dos Mil Catorce
203º y 154º

ASUNTO: TP11-L-2013-000169

Visto el escrito de promoción de prueba presentado en la oportunidad procesal correspondiente, por la parte demandante ciudadanos MILTON ANTONIO RODRÍGUEZ, JOSÉ MIGUEL SALAZAR, AMELIA VIELMA, AURA ROSA DELGADO DE BRICEÑO, JOSÉ EMILIANO BERMÚDEZ, JOSÉ GREGORIO YNFANTE DABOIN, PLINIO ANTONIO SÁNCHEZ, LUISA JOSEFINA GIL, LIGIA DEL CARMEN VÁSQUEZ DE BRICEÑO Y MARY JOSEFINA SÁNCHEZ GIL, cedulas de identidad Nros. 11.131.165, 6.651.118, 5.352.656, 5.767.660, 3.246.920, 5.792.458, 3.521.126, 9.100.677, 4.992.401 y 9.100.429, respectivamente, por intermedio de su apoderado judicial Abg. LORENZO HIDALGO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 104.986; estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Tribunal para su providenciación, procede con base a los particulares siguientes:

A los folios 133 al 138 y sus vueltos del presente asunto cursa escrito de promoción de pruebas donde promueve lo siguiente:

Solicita que todo lo que conste en autos favorezca a los trabajadores, sea tomado en cuenta, y muy especialmente, solicita que todo sea apreciado a favor de los mismos, así mismo invoca la presunción de existencia de la relación de trabajo; conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con la última aparte del artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y ratifica el contenido del escrito de demanda; lo que no constituye un medio de prueba sino el contenido de una norma jurídica que no es objeto de prueba, en base al principio de derecho probatorio según el cual el derecho no se prueba, sino que se aplica al caso concreto cuando éste así lo amerite, integrando el principio iura novit curia.

1. DOCUMENTALES: Las siguientes documentales, promovidas por la parte actora, SE ADMITEN, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

.- Copia fotostática oficio S/N de fecha 02/01/2002, emitido por la Alcaldesa, constante de un (01) folio útil, cursantes al folio 139 del expediente.

.- Copia fotostática de comunicación de fecha 28-08-2006, dirigida por el Abogado Lorenzo Hidalgo, actuando en representación de la ciudadana MILTON ANTONIO RODRIGUEZ, al Alcalde del Municipio Candelaria, marcada con la número “2”, cursante al folio 140 del expediente.

.- Original del Acta levantada por la Inspectoría del trabajo del Trujillo de fecha 30/11/2009, expediente Nº 066-2009-03-181, marcada número “3”, cursante al folio 141 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo, de fecha 18/01/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-181, marcada número “4”, cursante al folio 142 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo, de fecha 25/03/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-181, marcada número “5”, cursante al folio 143 del expediente.

.- Original de comunicación S/N, de fecha 06-02-2003, emitido por la Alcaldesa de la fecha, constante de un (01) folio útil, marcada número “6”, cursante al folio 144 del expediente.

.- Original de comunicación S/N, de fecha 28-08-2006, dirigida por el Abogado Lorenzo Hidalgo, actuando en representación del ciudadano JOSÉ MIGUEL SALAZAR , al ciudadano Alcalde del Municipio Candelaria, marcada número “7”, cursante al folio 145 del expediente.
.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo, de fecha 30/11/2009, expediente Nº 066-2009-03-01-184, marcada número “8”, cursante al folio 146 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo, de fecha 14/01/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-184, marcada número “9”, cursante al folio 147 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 04/11/1991 de fecha 04/1/1991, marcada número “10”, cursante al folio 148 del expediente.

.- Copia fotostática de constancia de trabajo de fecha 26/03/2006, marcada número “11” cursante al folio 149 del expediente.

.- Original de Nombramiento de fecha 01/01/1994, marcada número “12”, cursante al folio 150 del expediente.

.- Original de transacción celebrada de manera espontánea en fecha 08/05/2006, en la Alcaldía del Municipio Candelaria, departamento de Sindicatura, marcada número “13”, cursante al folio 151 del expediente.

.- Original de Comunicación de fecha 28/08/2006, dirigida por el Abogado Lorenzo Hidalgo actuando en representación de la ciudadana AURA DELGADO, al ciudadano Alcalde del Municipio Candelaria, marcada número “14”, cursante al folio 152 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 30/11/2009, expediente Nº 066-2009-03-01-183, marcada número “15”, cursante al folio 153 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 13/01/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-183, marcada número “16”, cursante al folio 154 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 25/03/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-183, marcada número “17”, cursante al folio 155 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/09/1994, marcada número “18”, cursante al folio 156 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/10/1994, marcada número “19”, cursante al folio 157 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/11/1994, marcada número “20”, cursante al folio 158 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/12/1994, marcada número “21”, cursante al folio 159 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/01/1995, marcada número “22”, cursante al folio 160 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/03/1995, marcada número “23”, cursante al folio 161 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/04/1995, marcada número “24”, cursante al folio 162 del expediente.


.- Original de Contrato de fecha 01/05/1995, marcada número “25”, cursante al folio 163 del expediente.

.- Original oficio Nº 96, de fecha 27/01/1996, emitido por la Alcaldesa de la fecha, constante de un (01) folio útil, marcada número “26”, cursante al folio 164 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 02/05/1996, marcada número “27”, cursante al folio 165 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/08/1996, marcada número “28”, cursante al folio 166 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 02/10/1996, marcada número “29”, cursante al folio 167 del expediente.

.- Original de Oficio-Contrato de fecha 15/01/1997, marcada número “30”, cursante al folio 168 del expediente.

.- Original de Oficio-Contrato de fecha 15/04/1997, marcada número “31”, cursante al folio 169 del expediente.

.- Original de Oficio-Contrato de fecha 15/06/1997, marcada número “32”, cursante al folio 170 del expediente.

.- Original de Resolución S/N, de fecha 01/02/2000, marcada número “33”, cursante al folio 171 del expediente.

.- Original de Comunicación de fecha 28/08/2006, dirigida por el Abogado Lorenzo Hidalgo en representación del ciudadano JOSÉ BERMÚDEZ al ciudadano Alcalde del Municipio Candelaria, marcada número “34”, cursante al folio 172 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 30/11/2009, expediente Nº 066-2009-03-01-185, marcada número “35”, cursante al folio 173 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 13/01/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-185, marcada número “36”, cursante al folio 174 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 25/03/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-185, marcada número “37”, cursante al folio 175 del expediente.

.- Original Oficio S/N de fecha 14/07/1997, marcada número “38”, cursante al folio 176 del expediente.

.- Original de Contrato de fecha 01/02/1999, marcada número “39”, cursante al folio 177 del expediente.

.- Original de Resolución, de fecha 01/12/2000, marcada número “40”, cursante al folio 178 del expediente.

.- Original Oficio S/N de fecha 11/02/2000, marcada número “41”, cursante al folio 179 del expediente.

.- Original de Constancia de Comisión de Servicios de fecha 13/06/2002, marcada número “42”, cursante al folio 180 del expediente.

.- Copia fotostática de constancia de fecha 17/10/2005, marcada número “43”, cursante al folio 181 del expediente.

.- Original de Comunicación de fecha 28/08/2006, dirigida por el abogado Lorenzo Hidalgo en representación del ciudadano JOSE YNFANTE, al ciudadano Alcalde del Municipio Candelaria marcada número “44”, cursante al folio 182 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 30/11/2009, expediente Nº 066-2009-03-01-186, marcada número “45”, cursante al folio 183 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 13/01/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-186, marcada número “46”, cursante al folio 184 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 25/03/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-186, marcada número “47”, cursante al folio 185 del expediente.

.- Original de Resolución, de fecha 01/03/2003, marcada número “48”, cursante al folio 186 del expediente. Este Tribunal deja expresa constancia que en el expediente se encuentra dicha resolución en copia simple.

.- Copia fotostática de transacción celebrada de manera espontánea en fecha 08/12/2005, en la Alcaldía del Municipio Candelaria, departamento de Sindicatura, marcada número “49”, cursante al folio 187 del expediente.

.- Original de Comunicación de fecha 28/08/2006, dirigida por el abogado Lorenzo Hidalgo en representación del ciudadano PLINIO SÁNCHEZ, al ciudadano Alcalde del Municipio Candelaria marcada número “50”, cursante al folio 188 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 30/11/2009, expediente Nº 066-2009-03-01-188, marcada número “51”, cursante al folio 189 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 13/01/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-188, marcada número “52”, cursante al folio 190 del expediente.

.- Copia fotostática Oficio S/N de fecha 01/09/2001, marcada número “53”, cursante al folio 191 del expediente.

.- Copia fotostática de constancia de fecha 11/02/2005, marcada número “54”, cursante al folio 192 del expediente.

.- Copia fotostática de Diligencia de fecha 06/04/2005, suscrita por la Abogada Magaly Pargas, marcada número “55”, cursante al folio 193 del expediente.

.- Copia fotostática de Diligencia de fecha 20/09/2005, suscrita por la Abogada Magaly Pargas, marcada número “56”, cursante al folio 194 del expediente.

.- Copia fotostática Oficio S/N de fecha 09/03/2006, marcada número “57”, cursante al folio 195 del expediente.

.- Original de Comunicación de fecha 28/08/2006, dirigida por el abogado Lorenzo Hidalgo en representación del ciudadano LUISA VALERA, al ciudadano Alcalde del Municipio Candelaria marcada número “58”, cursante al folio 196 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 06/05/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-172, marcada número “59”, cursante al folio 197 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 08/06/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-172, marcada número “60”, cursante al folio 198 del expediente.

.- Original del Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo de Trujillo de fecha 13/07/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-172, marcada número “61, cursante al folio 199 del expediente.

.- Copia fotostática Oficio S/N de fecha 01/01/2004, marcada número “62”, cursante al folio 200 del expediente.

.- Copia fotostática de transacción celebrada de manera espontánea en fecha 21/04/2006, en la Alcaldía del Municipio Candelaria, departamento de Sindicatura, marcada número “63”, cursante al folio 201 del expediente.

.- Original de Comunicación de fecha 28/08/2006, dirigida por el abogado Lorenzo Hidalgo en representación del ciudadano LIGIA VÁSQUEZ DE BRICEÑO, al ciudadano Alcalde del Municipio Candelaria, marcada número “64”, cursante al folio 202 del expediente.

.- Original de Acta levantada por ante la Inspectoría de Trabajo del Estado Trujillo de fecha 06/05/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-271, marcada número “65”, cursante al folio 203 del expediente.

.- Original de Acta levantada por ante la Inspectoría de Trabajo del Estado Trujillo de fecha 08/06/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-271, marcada número “66”, cursante al folio 204 del expediente.

.- Copia fotostática de Contrato Oficio S/N de fecha 21/04/1997, marcada número “67”, cursante al folio 205 del expediente.

.- Copia fotostática de Contrato Oficio S/N de fecha 28/06/1997, marcada número “68”, cursante al folio 206 del expediente.

.- Copia fotostática de Contrato Oficio S/N de fecha 30/10/1997, marcada número “69”, cursante al folio 207 del expediente.

.- Copia fotostática de Resolución, de fecha 25/05/1998, marcada número “70”, cursante al folio 208 del expediente.

.- Copia fotostática de constancia de trabajo, de fecha 19/11/2002, marcada número “71”, cursante al folio 209 del expediente.


.- Copia fotostática de constancia de trabajo, de fecha 29/04/2005, marcada número “72”, este Tribunal deja constancia que dicha constancia no se encuentra en el expediente; de allí que este Tribunal se abstenga de admitirla.

.- Copia fotostática de constancia de trabajo, de fecha 16/10/2005, marcada número “72”, cursante al folio 210 del expediente.

.- Copia fotostática de constancia de trabajo, de fecha 16/03/2006, marcada número “73”, cursante al folio 211 del expediente.

.- Original de Comunicación de fecha 28/08/2006, dirigida por el abogado Lorenzo Hidalgo en representación del ciudadano MARY SÁNCHEZ, al ciudadano Alcalde del Municipio Candelaria, marcada número “74”, cursante al folio 212 del expediente.

.- Original de Resolución, de fecha 01/05/1998, marcada número “75”, cursante al folio 213 del expediente.

.- Original de Acta levantada por ante la Inspectoría de Trabajo del Estado Trujillo de fecha 06/05/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-270, marcada número “76”, cursante al folio 214 del expediente.

.- Original de Acta levantada por ante la Inspectoría de Trabajo del Estado Trujillo de fecha 08/06/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-270, marcada número “77”, cursante al folio 215 del expediente.

.- Original Oficio Nº 643 de fecha 12/03/1991, marcada número “78”, cursante al folio 216 del expediente.

.- Original de Resolución, de fecha 24/01/1995, marcada número “79”, cursante al folio 217 del expediente.

.- Copia fotostática de constancia de trabajo, de fecha 30/08/2005, marcada número “80”, cursante al folio 218 del expediente.

.- Copia fotostática de transacción celebrada de manera espontánea en fecha 20/02/2006, en la Alcaldía del Municipio Candelaria, departamento de Sindicatura, marcada número “81”, cursante al folio 219 del expediente.

.- Original de Acta levantada por ante la Inspectoría de Trabajo del Estado Trujillo de fecha 06/05/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-266, marcada número “82”, cursante al folio 220 del expediente.

.- Original de Acta levantada por ante la Inspectoría de Trabajo del Estado Trujillo de fecha 10/06/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-266, marcada número “83”, cursante al folio 221 del expediente.

.- Original de Acta levantada por ante la Inspectoría de Trabajo del Estado Trujillo de fecha 13/07/2010, expediente Nº 066-2009-03-01-266, marcada número “84”, cursante al folio 222 del expediente.

.- Copia fotostática de Acta levantada por ante la Inspectoría de Trabajo del Estado Trujillo de fecha 30/01/2006, marcada número “85”, cursante al folio 223 del expediente.

.- Copia fotostática de Comunicación de fecha 15/12/2010, dirigida por el abogado Lorenzo Hidalgo en representación de los demandantes de autos, a la ciudadana Sindica Procuradora Municipal de la Alcaldía del Municipio Candelaria, marcada número “86”, cursante al folio 224 y 225 del expediente.



2. PRUEBAS DE INFORME: Solicita, de conformidad con el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil vigente, se requiera copia fotostática certificada a la Inspectoría del Trabajo del estado Trujillo, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, de los siguientes expedientes: Nos. 066-2009-03-01-172, 066-2009-03-01.181, 066-2009-03-01-183, 066-2009-03-01.184, 066-2009-03-01.185, 066-2009-03-01.186, 066-2009-03-01.188, 066-2009-03-01.266, 066-2009-03-01.270, 066-2009-03-01.271; para ser incorporados para la respectiva lectura. Para decidir se observa que las actuaciones de los órganos administrativos del trabajo forman parte de los llamados documentos públicos que pueden ser producidos en el proceso en originales o en copia certificada, de conformidad con el artículo 77 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, constituyendo una carga procesal del interesado solicitarlos ante el organismo correspondiente y traerlos al proceso por esa vía; razón por la cual este Tribunal niega la prueba de informe promovida para traer tales documentales al proceso por considerarla inconducente, por el hecho de endosar tanto en este Tribunal como en el órgano administrativo donde cursan las actuaciones mencionadas una carga que corresponde es a la parte interesada. No obstante, se insta a la parte demandante a que durante la Audiencia de Juicio presente las referidas copias certificadas a objeto de la búsqueda de la verdad.


3. TESTIMONIALES: Promueve la declaración de los ciudadanos: 1.- ESTHER CRISTINA HERNÁNDEZ DE SPINETTI, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.721.859; 2.- ELSY DEL CARMEN GIL, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.272.700; 3. GRACIELA VALERA DURAN, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.924.147; 4.- CARLOS JAVIER RUIZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.781.836; 5.- RAIMUNDA BERMÚDEZ ANDRADE, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.614.656; 6.- ALI SAUL INFANTE, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.101.024; 7.- LEONARDO RAFAEL LEDDA PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 13.189.290; 8.- FRANCISCO YGNACIO GODOY YNFANTE, titular de la cédula de identidad N° V- 10.318.300, 9.-ANA MARGARITA CAÑIZALEZ DE MORILLO, titular de la cédula de identidad Nº 5.224.827; 10.- JESÚS MARIA DURAN PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V- 11.319.946; 11.- TEODORA MONTILLA DE GODOY, titular de la cédula de identidad N° 2.676.670; 12.- ROSELIANO VALERA GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V- 8.719.964; 13.- BERNARDO ANTONIO BERMÚDEZ MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° V- 11.130.495; 14.- JOHN EDIXON HERNÁNDEZ CORDERO, titular de la cédula de identidad N° V- 18.376.781; 15.- VÍCTOR MANUEL MORENO TORRES, titular de la cédula de identidad N° V- 5.792.145; 16.- MARY JOSEFINA HERNÁNDEZ GIL, titular de la cédula de identidad N° V- 11.614.055, 17.- WILMER JOSÉ HERNÁNDEZ BERMÚDEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.617.836; 18.- MAGALY PARGAS; prueba de testigos éstas que SE ADMITEN, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Sin embargo, se advierte que la misma deberá ser presentada por la parte que las promueve en la audiencia de juicio, con su identificación correspondiente y sin necesidad de notificación alguna, de conformidad con lo previsto en el artículo 153 ejusdem que establece la referida carga procesal.


LA JUEZA,



ABG. THANIA OCQUE

LA SECRETARIA,



ABG. MERLI CASTELLANOS