REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE
CARACAS

Caracas, 15 de julio de 2014
204º y 155º


Vista la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS con ocasión de la inobservancia contractual derivada de los contratos de suministro de leche cruda, sigue las sociedades mercantiles: DESARROLLOS AGRICOLAS PERIJA, COMPAÑÍA ANONIMA, (DESAPERCA), domiciliada en la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 26 de mayo de 2008, registrada bajo el Número 21º, Tomo 24-A, inscrita por ante el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Número J-29598061-2, y siendo su ultima modificación estatutaria en lo atinente la vigencia de la Junta Directiva de la precitada empresa ganadera, la del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha 19 de junio de 2012, posteriormente presentada para su inserción registral, por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha 04 de julio 2012, quedando registrada bajo el Número 65º, Tomo 45-A RM1; AGROINVERSIONES OM, COMPAÑÍA ANONIMA, domiciliada en la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 26 de mayo de 2008, registrada bajo el Número 70º, Tomo 23-A, inscrita por ante el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Número J-29598068-o, y siendo última modificación estatutaria en lo atinente a la vigencia de la Junta Directiva de la precitada empresa ganadera la Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha 20 de enero de 2011, posteriormente presentada para su inserción registral, por ante el Registro Mercantil Primero de Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha 15 de febrero de 2011, quedando registrada bajo el Número 11º, Tomo 9-A RM1; AGRICOLA 10-40, COMPAÑÍA ANONIMA, domiciliada en la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 28 de abril de 1995, registrada bajo el Número 74º, Tomo 45-A, inscrita por ante el Registro de Información Fiscal (RIF), bajo el número J-30265475-0, y siendo su última modificación estatutaria en lo atinente a la vigencia de la Junta Directiva de la precitada empresa ganadera, la del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha 29 de enero de 2013, posteriormente presentada para su inserción registral, por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha 18 de febrero de 2013, quedando registrada bajo el Número 32º, Tomo 10-A RM1; EMPRESA GANADERA ISROCA, COMPAÑÍA ANONIMA, domiciliada en la ciudad de Maracaibo estado Zulia, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 26 de mayo de 2008, registrada bajo el Número 23º, Tomo 24-A, inscrita por ante el Registro de Información Fiscal (RIF), bajo en Número J-29598064-7 y siendo su última modificación estatutaria en lo atinente a la vigencia de la Junta Directiva de la precitada empresa ganadera, la del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha 20 de julio de 2009, posteriormente presentada para su inserción registral por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha 26 de octubre de 2009, quedando bajo el Número 14º, Tomo 72-A RM1, contra la sociedad mercantil INDUSTRIA LACTEA VENEZOLANA, C.A., (INDULAC), domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, inscrita originalmente por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, según Asiento de Registro de Comercio Número 614, de fecha 28 de mayo de 1941, cuyo documento constitutivo-estatutario fuera publicado en la Gaceta Municipal del Distrito Federal Número 5.760 de fecha 31 de mayo de 1941, siendo última modificación y unificación estatutaria, la inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 13 de diciembre de 2006, quedando registrada bajo el número 67º, Tomo 212º, de los libros de comercio llevados por dicha oficina registral, cuya copia Certificada del Acta Constitutiva-Estatutaria Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 20 de octubre de 2006 y Acta de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 05 de abril de 2013, en la persona de su presidente y representante legal a nivel estatutario, ciudadano ANTONIO VANOLI, de nacionalidad italiana, de este domicilio y con pasaporte número AA1198602, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE a sustanciación en cuanto ha lugar en derecho y de conformidad con los artículos 199 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, cítese a la parte demandada antes mencionada, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia que repose en autos de su citación, dentro de las horas despacho comprendidas de ocho y treinta minutos de la mañana a tres y treinta minutos de la tarde (8:30 a.m. a 3:30 p.m.), a fin que de contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrese boleta de citación y entréguese al alguacil de este Despacho, a fin que practique la citación personal del demandado. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ,

Dr. JOHBING ALVAREZ ANDRADE
LA SECRETARIA,

Abg. DAYANA TAPIA CARABALLO.



Exp. Nº 2014-4397.-
JAA/dtc/gs.-