REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO TRUJILLO.

Boconó, veintitrés (23) de julio del año dos mil catorce (2.014).
204º y 155º
SOLICITANTE: ADA BERTI DE CALDERÓN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-437.238, domiciliada en éste Municipio Boconó Estado Trujillo; asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio JUAN MANUEL CRUZ BAPTISTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.663.-
Motivo: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO.-
Ocurre por ante este Tribunal, la ciudadana: ADA BERTI DE CALDERÓN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-437.238, domiciliada en éste Municipio Boconó Estado Trujillo; asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio JUAN MANUEL CRUZ BAPTISTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.663, solicitando la Rectificación de su Acta de Matrimonio, la cual corre inserta bajo el Nº 85, de los Libros llevados por el Concejo Municipal de Boconó, Estado Trujillo, de fecha 31 de diciembre del año 1938, la presente solicitud de Rectificación consiste en que para el momento de la transcripción de la mencionada Acta de Matrimonio, el funcionario por error involuntario cometió los siguientes errores materiales: 1) El nombre del padre de la contrayente aparece como ERNESTO BERTI siendo el correcto TELESFORO HERNESTO BERTI TROCONIS; 2) El nombre de la madre de la contrayente aparece como ELISA FONTANA siendo el correcto ELISA CARLOTA BELARMINA FONTANA BERTI.- Para los efectos probatorios fueron consignados los siguientes recaudos: a) Partida de nacimiento N° 351 del año 1.919, de la ciudadana: ADA BERTI DE CALDERÓN, expedida por la Oficina de Registro Principal del Estado Trujillo,.- b) Partida de Nacimiento, año 1.882, del ciudadano: TELESFORO HERNESTO BERTI TROCONIS, expedida por el Registro Civil del Municipio Boconó Estado Trujillo.- c) Partida de Nacimiento N° 210, año 1.896, de la ciudadana: ELISA CARLOTA BELARMINA FONTANA BERTI, expedida por el Registro Civil de la Parroquia y Municipio Carache, Estado Trujillo.- d) Acta de matrimonio N° 12, año 1.916, de los ciudadanos: ELISA CARLOTA BELARMINA FONTANA BERTI y TELESFORO HERNESTO BERTI TROCONIS, expedida por el Registro Civil de la Parroquia y Municipio Carache, Estado Trujillo.- e) Acta de Defunción N° 66, año 1.940, del ciudadano: TELESFORO HERNESTO BERTI TROCONIS; expedida por el Registro Civil del Municipio Boconó Estado Trujillo.- f) Decisión dictada por el Registro Civil del Municipio Boconó Estado Trujillo, de fecha 05 de Abril del 2013; contentiva de la Rectificación del acta de nacimiento del ciudadano: TELESFORO HERNESTO BERTI TROCONIS.- g) Decisión dictada por el Registro Civil del Municipio Boconó Estado Trujillo, de fecha 05 de Abril del 2013; contentiva de la Rectificación del acta de defunción del ciudadano: TELESFORO HERNESTO BERTI TROCONIS.- h) Copia Fotostática de la Cédula de Identidad de la solicitante.- Ahora bien, esta Juzgadora constata que ha sido probado lo alegado en el escrito de solicitud, y en vista de que se evidencia el error material de la misma, que no amerita la tramitación de un juicio, es procedente declarar CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio.- ASI SE DECIDE.-