REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de julio de dos mil catorce
204º y 155º
Asunto: KP02-V-2014-001147
Visto el convenimiento de fecha 23/07/2014, efectuado por los ciudadanos OMAR MARTINEZ, ANGEL MARTINEZ, NORKA MARTINEZ, CESAR MARTINEZ, ANA MARTINEZ, LISETH MARTINEZ, IRENE MARTINEZ, GRISELDA MARTINEZ, EHUDY MARTINEZ, VICTOR MARTINEZ, JUAN MARTINEZ, ARIANNY MARTINEZ, EDIXON MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.432.553, 7.440.791, 7.440.843, 11.788.740, 13.264.470, 13.268.342, 14.979.018, 15.959.815, 19.263.288, 18.862.716, 19.591.891, 20.188.065 y 19.591.893, respectivamente, parte demandada, debidamente asistidos por el Abogado Julio García, Inpreabogado Nº 222.845, en el presente juicio de ACCIÓN MERO DECLARATIVA, intentado por la ciudadana IRENE PASTORA MEDINA, titular de la cedula de identidad Nº 5.000.770; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con EL Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Hágase entrega de los documentos originales consignados, dejando en su lugar copia certificada de los mismos.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veinticinco (25) día del mes de Julio del año dos mil catorce (2014). Años: 204° y 155°.
El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Rivero López El Secretario,
Abg. Antony Gilberto Prieto Ortiz
OERL/ml
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