REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 08 de julio de 2014
Años 204º y º155º

ACTA DE PROLONGACIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO: KP02-L-2014-000152

PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO FELICE FELICE y JESUS ALEXIS VALENZUELA URTADO, venezolanos mayores de edad titulares de la cedulas de identidad Nros. V- 9.558.075 y 22.181.051 respectivamente.-

ABOGADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS MIGUEL COLMENAREZ I.P.S.A Nº 182.498.
PARTE DEMANDADA: PALACIO DE LAHAMBURGUESA C.A. y PALACIO DE LOS PERRO CALIENTE C.A.
ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RAMON NICOLAS GARCIA PADILLA I.P.S.A Nº 69.076.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 08 de julio de 2014, siendo las diez de la mañana (10:00 AM), día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se pasó anunciar la misma. Comparece por la parte demandante el ciudadano JESUS ALEXIS VALENZUELA URTADO, venezolanos mayores de edad titulares de la cedulas de identidad Nros. V- 22.181.051, se deja constancia que el trabajador compareció sin apoderado judicial, Por la parte demandada comparece su apoderado judicial abogado RAMON NICOLAS GARCIA PADILLA I.P.S.A Nº 69.076. Vista la incomparecencia del ciudadano JOSE GREGORIO FELICE FELICE, este Tribunal declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, y continua la causa con respecto al trabajador JESUS ALEXIS VALENZUELA URTADO, ahora bien este Juzgado en aras de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa del ciudadano JESUS ALEXIS VALENZUELA URTADO, por cuanto compareció sin abogado alguno se procede a prolongar la presente audiencia, la cual se fija para el día 31 de julio de 2014, a las 10:30 AM. Quedan entendidas las partes en la obligación de comparecer en la oportunidad indicada ya que la inasistencia de uno o de todos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Es todo. Se término. Se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,


Abg. MÓNICA TRASPUESTO RUIZ


EL SECRETARIO


Abg. DIMAS RODRÍGUEZ





EL DEMANDANTE, EL DEMANDADO,