REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial con Competencia en DVM Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Edo. Lara
Barquisimeto, 30 de Junio de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2011-002905

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto y visto el escrito de fecha 27 de junio de 2014, suscrito por el Abg. Privado Osmerio Ramón Palma, I.P.S.A N° 145.471; en el cual manifiesta:
“Debido a que la casa en la que se encuentra cumpliendo la medida de ARRESTO DOMICILIARIO que le fuera impuesta en la Audiencia Preliminar por el Tribunal de Control N° 2 en Funciones de Violencia Contra la Mujer, va a ser sometida a refacción y remodelación por lo que debe desalojarla a la brevedad posible, por esa razón es que solicito a Usted como autoridad competente le sea acordada el cambio de dirección a mi patrocinado para que pueda seguir cumpliendo con la medida impuesta. La dirección propuesta es la siguiente: (...)...”
En este Sentido el Tribunal acuerda que es procedente el cambio de dirección del domicilio del imputado de autos para seguir cumpliendo con la medida de ARRESTO DOMICILIARIO, impuesta en la audiencia preliminar en fecha 22/05/2014, en la dirección: (...).- Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
En virtud de lo solicitado por el Abg. Privado Osmerio Ramón Palma, I.P.S.A N° 145.471 y en base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Acuerda: CON LUGAR, el cambio de dirección del domicilio al ciudadano: WILLIANS JOSÉ RODRIGUEZ, CI V- (...); a la dirección: (...). Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese. Cúmplase
JUEZA DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

ABG. CAROLINA MONSERRATH GARCIA CARREÑO

LA SECRETARIA
ABG. RALEYMAR ALVARADO