REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y
EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Cabudare, 20 de Junio de 2.014
Años: 204° y 155°.
Solicitud Nro. 0050-14
Motivo: TITULO SUPLETORIO
Solicitante: VENEZOLANADE RECICLAJE COMPAÑÍA ANONIMA.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSE LUIS ANGEL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V.-10.112.154 y de este domicilio, actuando en su carácter de Director de la firma mercantil VENEZOLANADE RECICLAJE COMPAÑÍA ANONIMA, quien también se denomina por su siglas VENRECICLA, C.A., asistido por el Abogado en ejercicio MILTON EDUARDO VARGAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 148.867, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías que realizo con dinero de su propio peculio, edificadas sobre un terreno Propio, con una superficie de CINCO MIL METROS CUADRADOS (5.000,00 Mts²), ubicado en EL CASERIO La Montaña , Parroquia José Gregorio Bastidas, Municipio Palavecino del Estado Lara, alinderado de la siguiente forma: Al NORTE: En línea 89,07 metros con terrenos de Esteban Ruiz; Al SUR: En línea de 73,88 metros, con terrenos ocupados por METROCONCRETO; Al OESTE: En línea de 62,56 metros con terrenos de la sucesión Gudiño; Al ESTE: En línea de 71,57 metros (46,75+24,82) terrenos que son o fueron de los hermanos duran hoy Zona Industrial; Dicha parcela de terreno le pertenece a mi representada según consta en documento debidamente protocolizado por el Registro Público de Palavecino Estado Lara, en fecha 05 de Marzo 2012, bajo el Nro. 2012.231, Asiento Registral 1, Matriculado con el Nro. 359.11.5.2.4151, correspondiente al Folio Real de año 2012, en donde se estructuraron unas bienhechurías que constan de lo siguiente: El lote de terreno se encuentra delimitado por una pared perimetral, construida en bloque de concreto obra limpia, con fundaciones, machones, vigas de riostra y viga de corona en concreto armado, la trayectoria de esta pared es de 305,10 metros con una altura de 3,64 metros. Para un total de 1.110,56 m2 de pared de cerramiento. Se realizo un movimiento de tierra de un área de 5.000,00 m2, donde se ejecuto la remoción de la capa vegetal, nivelación del terreno, utilizando equipo retroexcavador, relleno de compensación con tierra de relleno y granzón fino de río, compactación con equipo vibro compactador y bote del material sobrante así como la pavimentación total de los 5.000 mts2 con losas de concreto El área de descarga consta de una rampa de 24 metros de largo por 4 metros de ancho y 1,35 metros de alto. Construida con una losa de piso de 25 cm de espesor en Pavicreto y muros laterales, también construidos en concreto armado con un espesor de 40 cm. Al lado de esta rampa para el pesaje de los materiales, se ubica la romana de 18 metros de largo por 4 metros de ancho. En el área de trabajo operativo son 1.440,00 m2, consta de 8 galpones abiertos, cada uno de 15 metros de largo por 12 metros de ancho (180,00 m2 por galpón). Estos galpones están construidos con:
1. Fundaciones, pedestales y vigas de riostra en concreto armado.
2. Losa de piso con nivelación de piedra picada No. 1 y cubierta en Pavicreto 045, con un espesor de 25 cm.
3. Columnas, vigas y correas de techo, en perfiles y tubos de acero estructural. Con un peso total de 82.900 kg de hierro.
4. Cubierta en lámina de aluminio con un área total de 2.650,00 m2
5. Sistema de drenaje con canales galvanizadas y bajantes de PVC de 6 pulgadas.
Los espacios de servicios y administración, se distribuyen en un edificio de tres niveles, con un área total de construcción de 747,00 m2. Consta de comedor para 40 personas, núcleos de sanitarios en planta baja separados para damas y caballeros, según especificaciones, áreas de servicios (cuarto de basura, tableros y cuartos de aseo), lobby de acceso y escaleras, para las oficinas, con sanitarios para damas y caballeros, áreas de descanso y depósitos. Este edificio está construido: en fundaciones, pedestales, vigas de riostra y losa de piso en concreto armado de 15 cm de espesor. Consta de columnas y vigas en tubo de acero estructural (38.100,00 Kg.). El entrepiso y la losa de techo están elaborados en Losacero calibre 20, malla Trukcson y vaciado de concreto. La fachada del edificio en cerramiento de cristal estructural (Curtain Wall). La garita de la vigilancia ubicada en el extremo del portón de acceso, cuenta con dos niveles construidos en columnas y vigas de concreto armado, paredes en bloque de concreto frisadas, entrepiso y techo en Losacero-concreto y la escalera metálica. Tanque subterráneo de agua potable de 15.000 litros. Dimensiones 3,10 x 3,70 x 2 metros, elaborado con losa de piso, tapa y muros de 30 cm de espesor en concreto armado. Cuenta con un sistema hidroneumático: pulmón de 150 galones y bomba 3 HP. Este equipo está contenido dentro de una caseta construida en columnas y vigas de concreto armado, paredes en bloque de concreto frisadas y techo en Losacero. El portón principal de acceso a las instalaciones esta elaborado en marcos de tubo de herrería y lamina doblada, con dimensiones de 6 metros de ancho por 5 metros de alto. En el lindero sur en 73,88 metros lineales, se construyo un muro de contención de 1,85 metros de alto y 30 cm de espesor. Se reforzó cada 10 metros implementando contrafuertes en concreto armado. Se dejo una zanja de drenaje de 60 cm de ancho por 50 cm del alto en toda la trayectoria del muro. A lo largo del muro se construyo una pared de bloque de concreto de 2 metros de altura. Las acometidas de alimentación en 24 KV, con una estructura doble de 40 pies, con bajante de 4”. Tanquilla de paso con medidas de 70 cm x 120 cm. Bancadas de 100 metros de tubería con conductores de 25 KV No. 1/0, hasta la caseta de transformación de medidas 5 metros por 3 metros, para capacidad de 501 KVA, con tres transformadores en aceite de capacidad 167.5 KVA, con dirección en el secundario para un tablero principal alimentado por 4 conductores de 500 MCM, por fase, tres conductores de 500 MCM para neutro y un conductor de 1/0 para puesta en tierra. El tablero principal con breaker de 1.600 Amperios marca ABB, con dos sub tableros, uno de características de 1.600 Amperios en 15 breakers industriales marca ABB trifásico, el segundo con barra de 200 Amperios, cuenta con 22 breakers marca General Electric, 30 circuitos eléctricos, 200 metros de tubería 1 ½”, 24 lámparas tipo campana de iluminación interna y 8 reflectores de iluminación externa. Para el edificio administrativo la distribución eléctrica se hará en un tablero principal y dos tableros secundarios. Las mencionadas bienhechurías están valoradas en CIENTO CINCO MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 105.000.000,00). Para decidir este Tribunal observa:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de las testigos MAYELA CAROLINA RODRÍGUEZ BRAVO y FLORANGEL VALERA MEDINA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-22.192.367 y V.-12.239195 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA LA MENCIONADA JUSTIFICACIÓN Y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del ciudadano: CLAUDIO LUIS PIXAO E FREITAS, antes identificado. Se deja expresa constancia que los derechos del solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas por lo que el presente Titulo no convalida cualquier tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la que haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dieron origen a estas actuaciones. A los fines de su protocolización, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo de fecha: Primero de Abril del año 1970 (01-04-1970), dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular.
Regístrese, y Déjese Copia Certificada de la presente decisión en los archivos llevados por el Tribunal y devuélvanse los originales al solicitante. Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas del Estado Lara, con Sede en la Ciudad de Cabudare, a los Veinte (20) días del mes de Junio del Dos mil catorce (2.014) años: 155º Federación y 204 Independencia.
La Juez.,
ABOG. Emma Liris García Ramos.
La Secretaria.
ABOG. YETZAIDA MARISBY TORO VARELA.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en esta misma fecha y quedo anotado en el Libro Diario.
La Secretaria.,
ABOG. YETZAIDA MARISBY TORO VARELA,.
ELGR/Yt/Borges