Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Carache, diecinueve (19) de Junio de dos mil catorce.-

EXPEDIENTE N° 775/2.014.-

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente Expediente signado bajo el N° 775/2.014, siendo la demandante: NATALY YULIMA RODRIGUEZ VELASQUEZ y el demandado: JUNIOR GREGORIO TROMPETERO VELASQUEZ, por motivo de SOLICITUD DE OBLIGACION DE MANUTENCION, la cual fue formulada en fecha 04 de Junio de 2.014, por la demandante arriba mencionada y cumplida como ha sido la citación de la parte demandada, se llevó a efecto el acto conciliatorio y dichos ciudadanos llegaron al siguiente convenimiento: El ciudadano: JUNIOR GREGORIO TROMPETERO VELASQUEZ, está de acuerdo en darle a su hija (omissis), la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,oo) mensuales, que serán entregados de manera semanal y como BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS), el demandado se compromete en entregar todo lo necesario en cuanto a vestido y calzado, y los gastos que eventualmente se presenten por medicina, vestido, calzado, útiles, uniformes escolares y otros, se harán de manera compartida por ambos padres, es decir 50% cada uno. Dichas cantidades serán entregadas a la demandante en dinero efectivo con acuse de recibo.
Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses de la niña, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente causa y se procederá como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se ordena dejar copia certificada de la Sentencia en el Archivo de este Tribunal.-
La Juez Provisorio,

Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.

En la misma fecha se publicó siendo las 9:30 a.m. y se dejó copia certificada en el archivo del Tribunal.
La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.