TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, VEINTICINCO (25) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-
204° y 155°
EXPEDIENTE Nº. 2.317-2.009.-
EN EL PRESENTE CASO EL TRIBUNAL: OBSERVA
Que el obligado alimentario, ciudadano: ROGELIO ANTONIO FERNÁNDEZ, venezolano, de cuarenta y un (41) años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-11.704.455, de profesión ú oficios Vigilante, domiciliado en el Sector La Elba, cerca de la Escuela Bolivariana J.J Espinoza, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó Estado Trujillo; quién labora como Vigilante en dicha escuela; en fecha diecinueve (19) de Junio del año en curso, ofreció como AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, la cantidad adicional de: TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00), para un total de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000.00) MENSUALES; a favor de la niña: ROSIBEL DEL VALLE FERNÁNDEZ CASTELLANOS; así como también el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre como Bono Vacacional y Bonificación de Fin de Año (aguinaldos); y el 50% en lo referente a vestuario, calzado, uniformes, útiles escolares, medicina, asistencia médica y otros gastos que se puedan presentar; todo lo cual fue aceptado en esta misma fecha por la ciudadana: CIRIA MARLENE CASTELLANOS TERÁN, venezolana, de cincuenta y tres (53) años de edad, soltera, de profesión ú oficios Docente Jubilada, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-5.633.882, domiciliada en la Urbanización Mamá Teresa, Casa N° 19, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó Estado Trujillo, actuando en su carácter de Madre de la niña antes mencionada, hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño (a) y del Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de la niña: ROSIBEL DEL VALLE FERNÁNDEZ CASTELLANOS, (beneficiaria) en tanto que lógicamente esos beneficios se usarán en la satisfacción parcial de sus necesidades.-
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