REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : KH02-X-2012-000092
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y vista la diligencia presentada en fecha 27/05/2014, por la Abogada CARMEN MONTILLA, se advierte que renunciado como ha sido el derecho de retasa de la parte demandada por cuanto no consigno los honorarios de los jueces retasadores, este Tribunal declara firme el decreto intimatorio de fecha 15/11/2012 en el juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES seguida por la ciudadana CARMEN COROMOTO MONTILLA DE ANZOLA, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.784, contra la ciudadana AURA GIMENEZ DE GORDILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.342.627 y de este domicilio. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se le concede al demandado un lapso de Cinco (05) días de despacho para que dé Cumplimiento Voluntario, de conformidad con lo previsto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.
LA JUEZ TEMPORAL
MARLYN EMILIA RODRIGUES PÉREZ
LA SECRETARIA
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MERP/Milagro