JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- Trujillo, trece (13) de marzo de dos mil catorce (2014). 204° y 155º.-


Vista la diligencia de fecha siete (7) de noviembre de dos mil trece (2013), suscrita por el ciudadano José Daniel Mijoba Juárez, identificado con cédula número 1.396.649, interviniente en este proceso, asistido por la abogada Yvis Marina Parra Barrios, inscrita en Inpreabogado bajo el número 25.990, por medio de la cual desiste de la apelación interpuesta el 7 de septiembre de 2004, contra decisión dictada por el A quo en fecha 6 de agosto de 2004; este Tribunal Superior Accidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE APELACIÓN. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de la causa, con oficio.


LA JUEZ SUPERIOR ACCIDENTAL,

Abog. CARMEN CECILIA ARAUJO ARAUJO

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

Abog. JOROET C. FERRER S.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede y se remitió el expediente al Tribunal de la causa con oficio número 0540-208-2014.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,