REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 6 de Marzo de 2014
203º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-D-2013-000437
Revisadas las presentes actuaciones y visto el escrito presentado por la Abogada Zonia Almarza, en su condición de Defensora Publica del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, donde solicita la extensión de la Medida Cautelar Sustitutiva de presentación ante el Tribunal cada treinta (30) días, este Tribunal para decidir observa:
La Fiscala 19 del Ministerio Publico en fecha 11-04-2013, presentó al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito que precalificó de Robo Genérico, previsto en el artículo 455 del Código Penal, sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la cual se le impuso entre las medidas cautelares la presentación ante el Tribunal, prevista en el artículo 582 literal c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cada 8 días ante la taquilla de presentación de la Sección Penal de Adolescentes de este Circuito.
Ahora bien, en ese mismo orden ideas, se observa que la medida cautelar sustitutiva que se le impuso al adolescente imputado, es un medio para asegurar los fines del proceso, como son la búsqueda de la verdad y la aplicación de la ley penal sustantiva; constituyéndose así en un mecanismo para neutralizar los peligros que puedan obstaculizar la consecuencia de tales fines. Entre esos peligros se encuentra la inasistencia del imputado a los actos que convoque este Tribunal
Se pudo verificar por el Sistema Iuris que el adolescente cumple cabalmente sus presentaciones, por lo que este Tribunal acuerda lo peticionado por la defensa y así se decide, debiendo continuar el adolescente sus presentaciones cada 30 días.
DECISION
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, acuerda la ampliación de la Medida Cautelar de Presentación cada 30 días al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , Notifíquese a la Defensa a la Fiscal del Ministerio Público y al adolescente por la taquilla de presentación de imputados.
El Juez de Control No 1
Abg. Gerardo Pastor Arias El Secretario
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