REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de marzo de dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO: KP02-V-2014-000611
Vista la anterior demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, instaurada por el ciudadano REYBER JOSE PIRE GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.409.250, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 61.681, de este domicilio, actuando en este acto en representación de la Sociedad Mercantil “DECORACIONES Y LAMPARAS OP, C.A.”, empresa inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, en fecha 21/12/1999, bajo el Nº 56, tomo 51-A, y representación que consta según poder otorgado ante la Notaria Publica Cuarta de Barquisimeto, en fecha 06/11/2012, inserto bajo el Nº 25, tomo 443, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, contra la Sociedad Mercantil “AMERICANA IMPORT EXPORT, C.A.”, representada por su presidente el ciudadano FREDDY JESUS PACHECO SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.739.494. Este Tribunal declara INADMISIBLE la presente acción, de conformidad en lo previsto en el Articulo 78 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 81 numeral 3 Ejusdem, por cuanto los procedimientos a seguir en las distintas pretensiones son incompatibles entre si.
Publíquese y Regístrese.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los doce (12) días del mes de Marzo de 2014. Años: 203º y 155º.
EL JUEZ,




ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA
LA SECRETARIA

AUDREY LORENA PINTO
En la misma fecha se publicó, siendo las 09:26 a.m.
La Secretaria