REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, trece de mayo de dos mil catorce
204º y 155º


SENTENCIA


N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2013-000246
PARTE ACTORA: PEDRO LUIS RUIZ PEREZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ZULEIDA DEL VALLE SEGOVIA PEREZ
PARTE DEMANDADA: CARLOS PINEDA GARCES
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ARGENIS BETANCOURT
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES

En el día hábil de hoy, 13 de Mayo de 2014, siendo las 1:30 P.M; día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, las partes fueron llamadas a las puertas del Tribunal por intermedio del Alguacil. Seguidamente, la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Abogada ANA R. GUÉDEZ MONTILLA verifico la presencia de las partes, encontrándose presente, la parte demandada CARLOS PINEDA GARCES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 2.623.561, por medio de su apoderado judicial abogado ARGENIS BETANCOURT, inscrito en i.p.s.a bajo el No 13.966, según poder agregado en autos al folio 31 y siguientes; no encontrándose presente la parte demandante ciudadano PEDRO LUIS RUIZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No 11.320.319,ni por si, ni por medio de su apoderada judicial. Acto seguido vista la incomparecencia de la parte demandante, la Jueza pasa a dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y actuando EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, siendo las 1:50 p.m. Regístrese y publíquese. A los 204 años de la Independencia y 155 años de la Federación.


ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

EL SECRETARIO

ABG. HUBER GIL