REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Trece de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: KP02-L-2014-000258
PARTE ACTORA: Ciudadana LUISA CAROLINA DELGADO TAMAYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro V- 11.792.736
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil AUTOESTAR C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, Martes Trece (13) de Mayo del año 2014, siendo las Diez y treinta (10:30 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente Juicio, incoado por la Ciudadana LUISA CAROLINA DELGADO TAMAYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro V- 11.792.736, en contra de la Sociedad Mercantil AUTOESTAR C.A , previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, y se deja constancia tal y como lo informare el personal de alguacilazgo, específicamente la Unidad de Seguridad y Orden, se deja constancia que no comparecen ningunas de las partes tanto el demandante como la demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno por ante este Tribunal Octavo (8º) de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Lara, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Años: 204º de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZA
ABG. LUISALBA YURIBETH LOPEZ LA SECRETARIA
ABG. NAILYN RODERIGUEZ CASTAÑEDA
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