REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, cinco de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : KP02-V-2014-001264

SOLICITANTES: LINA EMIRA VILLAVERDE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.720.556.
ASISTIDOS POR: Abg. BELKIS MARTINEZ PARTIDAS, en su carácter de Defensora Publica Primera del Sistema de Protección.
BENEFICIARIO: (Identidad Omitida según lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes),
MOTIVO: DECLINATORIA DE COMPETENCIA. COLOCACION FAMILIAR.
DERECHO PROTEGIDO: DEBIDO PROCESO.

Visto la solicitud de Colocación Familiar intentada por la ciudadana LINA EMIRA VILLAVERDE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.720.556, debidamente asistida por la Abg. BELKIS MARTINEZ PARTIDAS, en su carácter de Defensora Publica Primera del Sistema de Protección, y por cuanto de la revisión minuciosa de autos se desprende, que el domicilio de la beneficiaria de autos, es en el Sector Manzanarez, callejón Castañeda con 14 de Febrero de calle San Pedro, casa S/N, frente a una mata de palma, Carora estado Lara; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes estado Lara, con sede en Barquisimeto, se declara incompetente para la sustanciación y conocimiento de la presente causa y en consecuencia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA, en el Juzgado de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Adolescentes del estado Lara, Carora; de conformidad con lo dispuesto el Artículo 453 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Désele salida y envíese.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, 05 de Mayo de 2014. Años: 204° y 155º.

La Juez Primera de Mediación y Sustanciación,

Abg. Isabel Victoria Barrera Torres
La Secretaria,

En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1221-2.014, siendo las 09:51 a.m.
La Secretaria.




Andrea’.-