TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, DIECINUEVE (19) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

204° y 155°

EXPEDIENTE Nº. 3.377-2.013.-
EN EL PRESENTE CASO EL TRIBUNAL: OBSERVA

Que el obligado alimentario, ciudadano: BERNARDINO ANTONIO TERÁN GONZÁLEZ, venezolano, de cincuenta y ocho (58) años de edad, casado, de profesión ú oficios Agricultor, domiciliado en la Población de Burbusay, Sector El Pedregal, Casa S/N°, más adelante del Liceo Nuevo, Parroquia Burbusay, Municipio Boconó, Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad N° V-4.302.756; en fecha catorce (14) de Mayo del año en curso, ofreció como aumento voluntario, la cantidad adicional de: DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200.00) MENSUALES, para un total de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800.00) MENSUALES; a favor de la niña: BELINDA ANDREÍNA TERÁN JARAMILLO; de igual manera hizo del conocimiento al Tribunal que la vivienda donde actualmente reside la niña, la colocará a nombre de la misma; todo lo cual fue aceptado en esta misma fecha por la ciudadana: ROSA ELENA JARAMILLO DELGADO, venezolana, de treinta y siete (37) años de edad, soltera, de profesión ú oficios propios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V-14.150.275, domiciliada en la Población de Burbusay, Sector El Pedregal, Casa S/N°, más adelante del Liceo Nuevo, Parroquia Burbusay, Municipio Boconó, Estado Trujillo, actuando en su carácter de Madre de la niña antes mencionada, hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño (a) y del Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de la niña: BELINDA ANDREÍNA TERÁN JARAMILLO, (beneficiaria) en tanto que lógicamente esos beneficios se usarán en la satisfacción parcial de sus necesidades.-