REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS.

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, SEIS (06) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

204º y 155º

EXPEDIENTE N°. 3.554-2.014.-
EN EL PRESENTE CASO EL TRIBUNAL: OBSERVA

Que el Demandado de autos, ciudadano: LUÍS EDUARDO VÁSQUEZ TORRES, venezolano, de treinta y cinco (35) años de edad, soltero, de profesión u oficios Chofer, titular de la cédula de identidad N°. V-14.494.359, domiciliado en el Rincón III, Calle 13, Casa Nº. 122, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo, en fecha cuatro (04) de Noviembre del año dos mil catorce, ofreció la cantidad de: DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) MENSUALES, como: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, así como también el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre, como Bono Vacacional y Bonificación de Fin de Año (Aguinaldos), e igualmente se comprometió en cubrir por mutuo acuerdo con la madre de los niños el 50% en lo referente a vestuario, calzado, asistencia médica, medicamentos, uniformes, útiles escolares y otros gastos que se pueden presentar, los cuales fueron aceptados en esta misma fecha por la Demandante de autos, ciudadana: MARISELA TORRES ANDARA, venezolana, de veinticinco (25) años de edad, soltera, de profesión u oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N°. V-20.047.619, domiciliada en Mosquey, Sector Hoyada I, Casa Nº. 20, Parroquia Mosquey, Municipio Boconó del Estado Trujillo, hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño (a) y del Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de los niños: LISMARY ANDREÍNA y EDUARDO DAVID VÁSQUEZ TORRES, (beneficiarios) en tanto que lógicamente esos beneficios se usarán en la satisfacción parcial de las necesidades de los menores.-