REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintinueve de octubre de dos mil catorce
204º y 155º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2014-000064
PARTE ACTORA: RAFAEL RAMON MALDONADO MORILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LISMARK PERDOMO
PARTE DEMANDADA: SERVICIO ADMINISTRATIVO DE PROTECCION AL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, S.A.P.N.N.A.E.T.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: KEYLA UZCATEGUI
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS
En el día hábil de hoy, veintinueve (29) de Octubre (10) de 2014, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos parte demandante RAFAEL RAMON MALDONADO MORILLO , titular de la cedula de identidad N- 10.402.840, en este acto representado por su Apoderada Judicial Abg. LISMARK PERDOMO, inscrita en el IPSA bajo el N° 92.060, y la parte demandada SERVICIO ADMINISTRATIVO DE PROTECCION AL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, S.A.P.N.N.A.E.T. representada legalmente por el ciudadano KABIR MENDOZA, titular de la cedula de identidad N- 16.266.841, en este acto representado judicialmente por sus Apoderados Legales Abg. ROBERTO GRATEROL y KEYLA COROMOTO UZCATEGUI, inscritos en el IPSA bajo el N- 70.142 y 166.370, quien presenta copia simple del poder donde consta su representación señalando que el original reposa en el asunto TP11-L-2013-000168, el cual se agrega al asunto, se deja constancia de la presencia de la representación de la Procuraduría General del Estado Trujillo Abg. VIRGINIA ROJAS, inscrita en el IPSA bajo el N- 52.736, quien presenta poder en original para ser agregado al asunto, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Luego de depuradas los montos y conceptos arroja la totalidad de Bs. 83.567,76 que comprende los conceptos de salarios dejados de percibir, bono de alimentación, aguinaldos adeudados, bono vacacionales adeudados, disfrute de vacaciones, antigüedad e intereses, para ser incluido en el ejercicio fiscal del año 2015 por ser ente publico sujeto a presupuesto, pagadero para ultimo de Abril de 2015, en el entendido que si llega el pago antes de la fecha acordada se solicitara una audiencia especial de pago. La parte demandante acepta libre de constreñimiento y constatado que la Apoderada Actora tiene facultades para convenir según poder cursante al folio 30 del asunto, ambas partes solicitan se homologue el acuerdo acá llegado. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. No se condena en costas por el acuerdo llegado. Se termina la audiencia preliminar siendo las 10:15 a.m. Se lee y firman conformes.
La Juez
La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Luz Matheus
Apoderada Actora
Representante de la Demandada Abg. Asistente
Representante de Procuraduria
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