REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO : KP02-V-2008-1005
Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 28-03-2008, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION, instaurada por el abogado: VICTOR CARIDAD ZAVARCE, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº. 20.068, actuando en su propio nombre; contra la empresa RODAMIENTOS TORNILLOS Y VALVULAS C.A (ROTAVAL), representada por su Presidente JOSE ANTONIO ROMAN MARTINEZ, extranjero, mayor de edad, titular d la cedula de identidad N° 81.291.363, de este domicilio. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 25-06-2008, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,
ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LILIANA SANTELIZ
Se remite constante de veintisiete (27) folios útiles y cuaderno de medidas en once (11) folios útiles.
La Sec.
y/o
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