REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Barquisimeto, 07 de octubre del 2014
Años: 204° y 155º

ASUNTO: KP01-P-2011-023201
Recibido informe practicado en fecha 04/07/2014, con ocasión del operativo realizado en el Internado Judicial de Carabobo, (Tocuyito), por la Ministra del Poder Popular Para los Servicios Penitenciarios, Abg. María Iris Varela Rangel; mediante el cual fue evaluado el penado ANDERSON JOSÉ RODRIGUEZ UGARTE,; este Tribunal a los fines del pronunciamiento observa:
El penado ANDERSON JOSÉ RODRIGUEZ UGARTE,, según sentencia publicada el 11/07/2014, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal, fue sentenciado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el artículo 406 ordinales 1° y 2° del Código Penal, así como las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal.
En fecha 29/09/2014 este tribunal reformó por redención el cómputo de la pena, donde se dejó constancia que el penado opta a la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, a partir del 07/07/2014. Consta desde el folio 31 al 34 de la tercera pieza del presente asunto, contenido del Pronóstico de Conducta y clasificación realizado en fecha 04/07/2014, para la figura de Destacamento de Trabajo; donde resultó con un PRONOSTICO FAVORABLE; Igualmente dejan constancia que el penado tiene GRADO de CLASIFICACIÓN EN MEDIA.
Así las cosas, en atención a lo previsto en los artículos 479 y 500 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, se verifica que el penado resultó clasificado en MEDIA, no configurándose el supuesto previsto en el artículo antes citado, y por otra parte, aun cuando resultó favorable en el pronóstico de conducta, debe esta juzgadora apreciar el tipo penal por el que fue sentenciado como es el delito de Homicidio Intencional Calificado; por lo que se debe DECLARAR IMPROCEDENTE EL OTORGAMIENTO DE LA FÓRMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA, como es el DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado ANDERSON JOSÉ RODRIGUEZ UGARTE,. A sugerencias del equipo multidisciplinario se le impone: 1.-Mantener estabilidad laboral intramuros. 2.-Evitar grupos y personas anómicas. ASI SE DECIDE.-
D I S P O S I T I V A
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479 y 500 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA IMPROCEDENTE EL OTORGAMIENTO DE LA FÓRMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA, como es el DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado ANDERSON JOSÉ RODRIGUEZ UGARTE,. A sugerencias del equipo multidisciplinario se le impone: 1.-Mantener estabilidad laboral intramuros. 2.-Evitar grupos y personas anómicas. Líbrese Oficios y anexar copia certificada de la presente resolución al Internado Judicial de Carabobo, (Tocuyito). Notifíquese a las partes. Publicado en esta misma fecha. Regístrese. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN


ABG. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ
LA SECRETARIA,


RCV.-