REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de septiembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : KP02-F-2014-000758
Los ciudadanos JOSE ANTONIO PEREZ y CONSUELO PASTORA ORTIZ TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.612.961 y V-10.862.028 respectivamente, manifestaron estar separados desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicitaron el divorcio. Admitida la solicitud el Veintidós de Abril de 2014, se acordó la citación de la Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público, la cual fue debidamente consignada por el alguacil de este despacho en fecha 01-08-2014.
Este Tribunal para decidir observa:
“UNICO”: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos JOSE ANTONIO PEREZ y CONSUELO PASTORA ORTIZ TORREALBA, antes identificados, por ante la Dirección del Registro Civil del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 22 de Octubre de 2004. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos,. Ofíciese al Registro Civil del Municipio Peña antes indicado y al Registrador Principal del Edo. Yaracuy, a los fines de que inserte la nota marginal correspondiente en el Acta de Matrimonio Nro. 121, La presente sentencia queda firme en su misma fecha. Expídanse las copias certificadas respectivas.

Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los veintiséis días del mes de Septiembre de dos mil catorce. Años: 204º de la Independencia y 155º de la Federación.

La Juez Titular,
La Secretaria Titular,
Abg. Marylin Martin M
Abg. Mailim Briceño

En la misma fecha se registró y publicó.-




MMM/MCB/PALG.-