REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

…GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.-
Trujillo, 09 de abril de 2015
204º y 156º
Visto el escrito que antecede, suscrito por el abogado RAMÓN H. HERNÁNDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada INVERSIONES VILCHEZ MONAGAS INVIMOLCA, C.A. mediante el cual solicita se tramite incidencia de conformidad con lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto en el presente juicio se incurrió en una inepta acumulación de pretensiones, de manera que conforme al referido apoderado, debe declararse inadmisible la demanda, por cuanto está involucrado el orden público; considera este Tribunal que la alegada inepta acumulación de pretensiones, es un asunto que atañe al fondo de la controversia, por tales razones y siendo que tal punto no amerita de una articulación probatoria, NIEGA el pedimento de que se aperture la incidencia del artículo 607 eiusdem, y advierte a las partes, que respecto a lo alegado en el referido escrito el Tribunal se pronunciara en la sentencia definitiva como punto previo. Así se declara.-
El Juez Titular,

MSc. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Titular,

Abg. Diana Carolina Isea

AGP/mtgh