REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Estado Lara
Barquisimeto, 17 de Abril de 2015
204º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-S-2015-1723

MANDATO DE CONDUCCION

Se recibe en fecha 16 de abril de 2015 solicitud de Mandato de Conducción presentada por la ciudadana Fiscal Vigésima Octava del Ministerio Público del Estado Lara, de conformidad con el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano HÉCTOR JOSÉ JIMÉNEZ MEDINA, (...), a los fines de la realización del acto formal de imputación, en la investigación fiscal N° MP-454544-2014, que se instruye en su contra por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Violencia Física Agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte, ejusdem, en perjuicio de la ciudadana ISAIDY CAROLINA RODRÍGUEZ GIMÉNEZ.
Señala la Representación Fiscal la necesidad celebrar el acto formal de imputación al ciudadano HÉCTOR JOSÉ JIMENEZ MEDINA, realizando tres citaciones, afirmando la vindicta pública que ha agotado todos los mecanismos necesarios para que comparezca el referido ciudadano a la sede del despacho. En atención a los argumentos que preceden, y revisadas las actuaciones que constan en autos, esta juzgadora considera necesario destacar que se evidencia en los recaudos acompañados a la solicitud fiscal las citaciones practicadas a los fines de la comparecencia del investigado de autos; resultas de las mismas, las cuales han sido recibidas por el investigado en dos oportunidades y la tercera oportunidad fue recibida por personal de seguridad del lugar donde labora el investigado de autos.
En virtud de lo anteriormente expuesto, es posible determinar que el investigado de autos ha sido informado de la celebración del acto de imputación, lo que obliga a esta juzgadora a inferir una actitud contumaz por parte del investigado de autos; en tal sentido, esta juzgadora considera que la solicitud fiscal es ajustada a derecho de conformidad a lo establecido en el artículo 292 del Código Orgánico Procesal Penal en el artículo 292, el cual prevé que el Tribunal de Control, a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar que cualquier ciudadano o ciudadana sea conducido o conducida por la fuerza pública en forma inmediata ante el funcionario o funcionaria del Ministerio Público que solicitó la conducción, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, a fin de ser entrevistado o entrevistada por aquel sobre los hechos que se le investigan; a tal efecto y facultado como se encuentra este Juzgado para librar el mandato de conducción solicitado por la vindicta pública en el presente asunto, el mismo se declara Con Lugar, a fin de ser trasladado al despacho de la Fiscalía Vigésima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara ubicado en la avenida Florencio Jiménez, intercepción de la avenida “La Salle”, frente al Centro Comercial Metrópolis, antigua sede del Banco Casa Propia, con el objeto de la celebración del ACTO DE FORMAL IMPUTACIÓN a celebrarse el día miércoles 22 de abril de 2015 a las 2:00 horas de la tarde. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Conforme a los argumentos esgrimidos este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control Nº 03, Audiencias y Medidas del Estado Lara, declara: Con Lugar la solicitud de Mandato de Conducción realizado por la Fiscalía Vigésima Octava del Ministerio Público del estado Lara, contra el ciudadano HÉCTOR JOSÉ JIMÉNEZ MEDINA, (...), a fin de ser trasladado al despacho de la Fiscalía Vigésima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara ubicado en la avenida Florencio Jiménez, intercepción de la avenida “La Salle”, frente al Centro Comercial Metrópolis, antigua sede del Banco Casa Propia, con el objeto de la celebración del ACTO DE FORMAL IMPUTACIÓN a celebrarse el día miércoles 22 de abril de 2015 a las 2:00 horas de la tarde. Líbrese Boleta de Notificación al solicitante. Remítase la solicitud resuelta a la Fiscalía Vigésima Octava del Ministerio Público y se ordena terminar por el Sistema Juris 2000 en presente Asunto Penal.
LA JUEZA DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS,

MILENA DEL CARMEN FRÉITEZ GUTIÉRREZ.
EL SECRETARIO DE GUARDIA,