REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de abril de dos mil quince
205º y 156º


ASUNTO: KP02-V-2015-000892


Visto el Desistimiento anterior, presentado por la parte actora, se acuerda de conformidad. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación al mismo en los términos expuestos por el diligenciante, da por terminado el Juicio y ordena el archivo del presente expediente. De igual manera acuerda la devolución de los originales consignados, previa consignación de los fotostatos correspondientes.-

El Juez Temporal,


Abg. JOSÉ A. PEREIRA F. La Secretaria Suplente.,

Abg. CLAUDIA V. ÁLVAREZ M.


En esta misma fecha se registró y publicó la presente sentencia.-

La Secretaria Suplente,




JAPF/CVAM/Agcg.-