TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARACHE, CANDELARIA Y JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ CAÑIZALEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- Carache, veintisiete (27) de Abril del dos mil quince
EXPEDIENTE N° 645/2.011.-
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente signado bajo el N° 645/2.011, siendo la demandante: RAIMILETH MARIA VALLES SEGOVIA y el demandado: GERMAN ANTONIO TROMPETERO MATERANO, Motivo: AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION VOLUNTARIO.
En fecha 09 de Abril de 2015, el ciudadano GERMAN ANTONIO TROMPETERO MATERANO, se presentó voluntariamente a este Tribunal manifestando que ofrece aumento de la Obligación de Manutención para su hijo (omissis), a la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 6.900,oo) mensuales a partir del mes de Mayo del presente año y la BONIFICACION DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS) a la cantidad de VEINTE MIL SETECIENTOS BOLIVARES, (Bs. 20.700,oo).-
En fecha 22 de Abril de 2015 se presento la ciudadana: la RAIMILETH MARIA VALLES SEGOVIA y manifestó estar acuerdo con el ofrecimiento efectuado en todo y cada uno de sus términos.
Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses de la adolescente, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente causa y se procederá como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se ordena dejar copia de la Sentencia en el Archivo de este Tribunal.- Ofíciese al ciudadano Director (a) de Recursos Humanos del Consejo Legislativo del Estado Trujillo, para que descuente la cantidad acordada.-
La Juez Provisorio,
Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
En la misma fecha se publicó siendo las 03:00 p.m., se dejó copia certificada en el archivo del Tribunal.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
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