REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Veintinueve (29) de Abril de Dos Mil Quince(2015)
205º y 156º
ASUNTO: AP31-S-2015-000092

Vista la diligencia 27 de abril de 2015, presentada por el ciudadano RUBEN ALEJANDRO VILLALBA AGUILERA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.562.262, debidamente asistido por la abogada ROSSANNY DEL CARMEN LANZA MALAVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 105.929, mediante la cual dio cumplimiento a lo requerido por este Despacho en fecha 15 de enero de 2015, en consecuencia, este Tribunal admite la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos RACELMY PASTORA TORRES GONZALEZ y RUBEN ALEJANDRO VILLALBA AGUILERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros V-12.849.093 y 16.562.262, respectivamente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. Asimismo, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos RACELMY PASTORA TORRES GONZALEZ y RUBEN ALEJANDRO VILLALBA AGUILERA, arriba identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 13/01/2015, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,

NELSON GUTIÉRREZ CORNEJO.
EL SECRETARIO,

RHAZES I. GUANCHE M.
NGC/RIGM/Vane