TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, CINCO (05) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
205° y 156°
EXPEDIENTE DE MENORES N°. 3.251-2.013.-
EN EL PRESENTE CASO EL TRIBUNAL: OBSERVA
Que el Demandado de autos, ciudadano: JOSÉ MARÍA DE LOS SANTOS, venezolano, de cuarenta y seis (46) años de edad, soltero, de profesión u oficios Agricultor, titular de la cédula de identidad N°. V-11.704.655, domiciliado en Guaramacal, Sector Cerro de Cunaviche, cerca de la Escuela, Casa S/Nº, Parroquia Guaramacal, Municipio Boconó del Estado Trujillo, en fecha treinta y uno (31) de Julio del año dos mil quince, ofreció la cantidad de: QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) como Aumento de la Obligación de Manutención, para un total de: MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,00) MENSUALES, igualmente el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre de cada año, como bono vacacional y bonificación de fin de año (Aguinaldos), así como también el 50% en cuanto a vestuario, calzado, uniformes, útiles escolares, consultas médicas, y medicinas cuando lo amerite y otros gastos que se puedan presentar, los cuales fueron aceptados por la madre actora en ésta misma fecha; ciudadana: ANA MERCEDES BRACAMONTE MEJÍA, venezolana, de treinta y seis (36) años de edad, soltera, de profesión u oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N°. V-14.834.408, domiciliada en Mosquey, Sector La Hoyada I, Valle Lindo, Casa S/Nº, Parroquia Mosquey, Municipio Boconó del Estado Trujillo, hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño (a) y Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de los niños: EDUARDO JOSÉ, JOSÉ MANUEL y MARÍA VIRGINIA DE LOS SANTOS BRACAMONTE, (beneficiarios) en tanto que lógicamente esos beneficios se usarán en la satisfacción parcial de las necesidades de los menores.-
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