REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de diciembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : KP02-S-2015-008151

Solicitante: RUDY MACIEL AREVALO CANELON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.894.286.

Motivo: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

En fecha 30 de Septiembre de 2015, la ciudadana RUDY MACIEL AREVALO CANELON ya identificada, debidamente asistida por el abogado Orlando Barrientos, I.P.S.A, Nº 90.193, presentó solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la cual aparece errada su fecha de Nacimiento como 24 de Marzo del año Mil Novecientos Noventa y Cuatro, según consta en copia certificada del acta de nacimiento, inserta bajo el Nro: 746, Folio: 377 vto, del año 1997, en el Registro Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren, Estado Lara, siendo lo correcto 24 de Marzo de 1997, como se evidencia en documentos consignados, razón por la cual, solicitó que se ordene la CORRECION Y/O RECTIFICACION en su acta de nacimiento en relación a la fecha correcta de su nacimiento y sea colocada una nota marginal en los libros donde está insertada la misma; reflejando la fecha correcta.
En fecha 05 de Octubre de 2015, se admitió la solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se ordenó notificar a la Fiscal de Familia y librar Edicto para su publicación en un diario de mayor circulación regional, En fecha 22 de Octubre de 2015, compareció el abogado Orlando Barrientos, I.P.S.A, Nº 90.193, actuando con el carácter de autos y consignó ejemplar del diario El INFORMADOR, donde fue debidamente publicado el Edicto ordenado.
En fecha 26 de Octubre de 2015, la ciudadana Alguacil de este Tribunal, consignó boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal Decima Quinta del Ministerio Publico en materia de familia,
Este Juzgado para decidir observa:
Vista el acta de nacimiento de la ciudadana, RUDY MACIEL AREVALO CANELON, así como los recaudos con los cuales se acompañó la solicitud, y observándose el error cometido en la misma y por cuanto se verificó que la presente solicitud procede en Derecho, de conformidad a lo establecido en los artículos 768 y 769 del Código Procedimiento Civil, este Tribunal Sexto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, debe ACORDAR la rectificación de la Partida de Nacimiento solicitada.
DECISIÒN.
En base a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Sexto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, incoada por la ciudadana RUDY MACIEL AREVALO CANELON, ya identificada, y en consecuencia se ordena rectificar su partida de nacimiento, de conformidad con los artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, asentada por ante el Registro Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren, Estado Lara, inserta bajo el Nro: 746, Folio: 377 vto, del año 1997, debiendo asentarse la fecha de Nacimiento como 24 de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Siete . Así se decide.
Regístrese y publíquese. Expídanse las copias certificadas a la parte solicitante, y devuélvanse los originales, una vez consignadas las copias simples respectivas.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Sexto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Barquisimeto, 07 de Diciembre de 2015. Años 205° y 156°.

El Juez,


Abg. Hilarión A. Riera Ballestero
El Secretariio,



Abg. Edgar J. Benítez Cohil

En esta misma fecha se publicó, siendo las 02: 00 p.m.

El Secretario,

















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de diciembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : KP02-S-2015-008151

Solicitante: RUDY MACIEL AREVALO CANELON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.894.286.

Motivo: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

En fecha 30 de Septiembre de 2015, la ciudadana RUDY MACIEL AREVALO CANELON ya identificada, debidamente asistida por el abogado Orlando Barrientos, I.P.S.A, Nº 90.193, presentó solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la cual aparece errada su fecha de Nacimiento como 24 de Marzo del año Mil Novecientos Noventa y Cuatro, según consta en copia certificada del acta de nacimiento, inserta bajo el Nro: 746, Folio: 377 vto, del año 1997, en el Registro Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren, Estado Lara, siendo lo correcto 24 de Marzo de 1997, como se evidencia en documentos consignados, razón por la cual, solicitó que se ordene la CORRECION Y/O RECTIFICACION en su acta de nacimiento en relación a la fecha correcta de su nacimiento y sea colocada una nota marginal en los libros donde está insertada la misma; reflejando la fecha correcta.
En fecha 05 de Octubre de 2015, se admitió la solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se ordenó notificar a la Fiscal de Familia y librar Edicto para su publicación en un diario de mayor circulación regional, En fecha 22 de Octubre de 2015, compareció el abogado Orlando Barrientos, I.P.S.A, Nº 90.193, actuando con el carácter de autos y consignó ejemplar del diario El INFORMADOR, donde fue debidamente publicado el Edicto ordenado.
En fecha 26 de Octubre de 2015, la ciudadana Alguacil de este Tribunal, consignó boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal Decima Quinta del Ministerio Publico en materia de familia,
Este Juzgado para decidir observa:
Vista el acta de nacimiento de la ciudadana, RUDY MACIEL AREVALO CANELON, así como los recaudos con los cuales se acompañó la solicitud, y observándose el error cometido en la misma y por cuanto se verificó que la presente solicitud procede en Derecho, de conformidad a lo establecido en los artículos 768 y 769 del Código Procedimiento Civil, este Tribunal Sexto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, debe ACORDAR la rectificación de la Partida de Nacimiento solicitada.
DECISIÒN.
En base a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Sexto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, incoada por la ciudadana RUDY MACIEL AREVALO CANELON, ya identificada, y en consecuencia se ordena rectificar su partida de nacimiento, de conformidad con los artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, asentada por ante el Registro Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren, Estado Lara, inserta bajo el Nro: 746, Folio: 377 vto, del año 1997, debiendo asentarse la fecha de Nacimiento como 24 de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Siete . Así se decide.
Regístrese y publíquese. Expídanse las copias certificadas a la parte solicitante, y devuélvanse los originales, una vez consignadas las copias simples respectivas.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, en Barquisimeto, a los siete (07) días del mes de Diciembre del dos mil quince (2.015). Años: 205º y 156º. Ls. El Juez, (fdo.) Dr. Hilarión A. Riera Ballesteros. El Secretario Acc., (fdo.)Abg. Edgar José Benítez Cohil. El Suscrito Secretario Acc. del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original que la contiene el ASUNTO: KP02-S-2015-008151, y se expide en Barquisimeto a los a los siete (07) días del mes de Diciembre del dos mil quince (2.015). Años: 205º y 156º.


El Secretario,


Abg. Edgar J. Benítez C