REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de enero de dos mil quince
204º y 155º

ASUNTO : KP02-V-2014-002998
Visto el Desistimiento del Procedimiento, suscrito por la ciudadana YOLANDA ELISA BELISARIO DE MELENDEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 391.310, debidamente asistido por el Abogado MANUEL RIVERO USECHE, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 18.094, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, se declara extinguida la instancia, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Archívese el presente expediente. Asimismo hágasele entrega de los originales solicitados dejando en su lugar copias certificadas de los mismos, una vez que consten en autos las copias simples de los fotostatos.
El Juez,

Abg. Hilarión A. Riera Ballestero
El Secretario,

Abg. Edgar J. Benítez C.