REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil quince
204º y 155º
ASUNTO : KP02-T-2012-000018
Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 21-03-2012, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por motivo de TRANSITO, intentada por los ciudadanos JOSE ALEXANDER CONDE LOPEZ y CLAUDIO ANTONIO BARRETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 18.526.429 y 18.527.797 respectivamente, asistidos por la abogada MARIA VERONICA VARGAS MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.012.147, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.869, contra los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO LOBATI TORRES, titular d la cedula de identidad N° 21.726.959 de este domicilio, DIONICIO JOSE SILVA, titular de la cedula de identidad N° 3.875.688, domiciliado en el municipio Jiménez del Estado Lara y a la empresa aseguradora MUTUAL RCV, y de este domicilio. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 30-05-2012, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,
ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA,
ABG. LILIANA SANTELIZ
Se remite constante de dieciocho (18) folios útiles.
La Sec.
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