REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil quince
204º y 155º

ASUNTO : KP02-T-2013-000007

Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 15-02-2013, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por motivo de TRANSITO, intentada por el ciudadano OCTAVIO RAMON GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.980.557, de este domicilio, asistido en este acto por el abogado en ejercicio PASTOR NOEL GARCIA FREITEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.018, contra los ciudadanos RAFAEL ALBERTO PERNALETE GARCIA y JOAO AGOSTINHO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-17.574.088 y V-10.845.336 y de este domicilio, el primero en su condición de conductor del vehiculo y el segundo en su carácter de propietario del vehiculo. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 19-02-2013, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,


ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA,

ABG. LILIANA SANTELIZ
Se remite constante de DIECISIETE (17) folios útiles.
La Sec.