Nro. 4938
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO. TRUJILLO, CINCO (5) DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE (2.015).
204° y 155°
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA CLAUDINA CASERES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.920.539, domiciliada en la Calle Sucre diagonal al Cementerio, casa S/N, Parroquia la Paz, Municipio Pampán del Estado Trujillo, debidamente asistida por el Abogado LUIS ENRIQUE GODOY MARIN, inscrito en el I.P.S.A.., bajo el Nro.167.124, mediante la cual solicita de este Tribunal, se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de Cujus LUIS ALBERTO GIL, quien era venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de ocupación Vigilante, natural de Pampán del Estado Trujillo, de Sesenta y Ocho (68) años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.906,174, quien falleció el Cuatro (04) de Noviembre de Dos Mil Catorce (2.014), según consta del Acta de Defunción Nro.893, expedida el 10 de Noviembre del Dos Mil Catorce (2.014), por ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera del Estado Trujillo, la cual cursa al folio 02 de la presente solicitud.
Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción Nro.893, del extinto LUIS ALBERTO GIL, expedida el 14 de Noviembre del Dos Mil Catorce (2.014), por ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Mercedes Díaz del Municipio Valera del Estado Trujillo. Acta Nro. 44 de Unión Estable de Hecho, de fecha 21 de Febrero de 2.013 de los ciudadanos LUIS ALBERTO GIL y MARIA CLAUDINA CASERES, expedida por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia La Paz, Municipio Pampán del Estado Trujillo. Partidas de nacimiento de LISET DEL VALLE GIL CASERES, YONH ALBERTO GIL CASERES, expedidas por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Trujillo Estado Trujillo y RAIDY CLARICET GIL CASERES, expedida por ante la Prefectura de la Parroquia Cristóbal Mendoza del Estado Trujillo. Planilla de Datos Filiatorios de RAIDY CLARICET GIL CASERES, expedida por ante la Oficina del SAIME del Municipio y Estado Trujillo, el 04-12-2.014. Acta de Defunción Nro.58 de RAIDY CLARICET GIL CASERES, expedida por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio y Estado Trujillo. Declaración de los testigos, ciudadanos ARGENIS DE JESUS VICTORA CARRILLO y LORENA DEL CARMEN GODOY PEREZ.
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1.-) Acta de Defunción de LUIS ALBERTO GIL, con lo cual se evidencia que falleció el 04 de Noviembre de 2.014, tal como lo alegó la solicitante. 2.-). Acta de Unión Estable de los ciudadanos LUIS ALBERTO GIL y MARIA CLAUDINA CASERES, con lo cual se evidencia que mantuvieron una relación en concubinato. 3) Acta de Nacimiento de LISET DEL VALLE GIL CASERES, YONH ALBERTO GIL CASERES y RAIDY CLARICET GIL CASERES, con lo cual se evidencia que son hijos del causante LUIS ALBERTO GIL-4). Datos Filiatorios RAIDY CLARICET GIL CASERES, con lo cual se evidencia que es hija del causante LUIS ALBERTO GIL.- 5) Acta de defunción de RAIDY CLARICET GIL CASERES, con lo cual se evidencia que falleció en fecha 22 de Febrero de 2.006.-6) Declaración de los testigos: ARGENIS DE JESUS VICTORA CARRILLO Y LORENA DEL CARMEN GODOY PEREZ, rendidas por ante este Tribunal, el 13 de Enero de 2.015, cursantes a los folios 18 al 19 del presente expediente, quienes manifestaron, que sí conocieron al extinto LUIS ALBERTO GIL, desde hace muchos años; que les consta que sí dejó como herederos a la ciudadana MARIA CLAUDINA CASERES, como concubina y a LISET DEL VALLE GIL CASERES y YONH ALBERTO GIL CASERES; que sí les consta que la ciudadana MARIA CLAUDINA CASERES, como concubina a LISET DEL VALLE GIL CASERES y YONH ALBERTO GIL CASERES, como sus hijos, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto LUIS ALBERTO GIL.
Dichos testigos le merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS Del de Cujus LUIS ALBERTO GIL, quien falleciera el Cuatro (04) de Noviembre de Dos Mil catorce (2.014), según consta del Acta de Defunción expedida por ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Mercedes Díaz del Municipio Valera del Estado Trujillo, a los ciudadanos: MARIA CLAUDINA CASERES, LISET DEL VALLE GIL CASERES y YONH ALBERTO GIL CASERES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.920.539, V-17.037.944 y V-26.311.034 respectivamente, la primera, en su condición de concubina, y los siguientes como hijos del causante LUIS ALBERTO GIL.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto
Devuélvase todas las actuaciones que conforman este expediente, haciéndole entrega de las mismas con sus originales a la solicitante, dejándose copia fotostática certificada de estas en el Archivo de este Juzgado.
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS
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