REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Lara (Carora)
Carora, 19 de febrero de 2015
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: KP11-P-2014-000661
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2014-000661
Visto el escrito presentado por el ciudadano DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101 (folio 127); en el que solicita le sea entregado el vehículo de su propiedad, con las siguientes características: PLACA: A52BX2V; MARCA: FORD, MODELO: PICK-UP, AÑO: 1994, COLOR: VINOTINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, SERIAL DE MOTOR: 1.6; este Juzgado Once en Funciones de Control, para decidir observa:
Consta en autos que el vehículo en referencia fue retenido el día 18-05-2011, por funcionarios Instituto Nacional de Transito Terrestre, con motivo de una revisión que se le fue a hacer en el CICPC, por motivo de traspaso, y al realizarle la experticia para venderla porque ya tenía comprador, y es donde al chequearla, el funcionario le indica que los seriales de identificación tienen irregularidades y que la iban a dejar retenida; correspondiéndole el conocimiento del mismo a la Fiscalia Octava del Ministerio Público, la cual le negó la entrega del vehículo. Motivo por el cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, el solicitante acude ante este Órgano Jurisdiccional Competente. Al igual, consta Acta (folio 2), emanado de la Fiscalía Octava del Ministerio Público, en el cual notifica al ciudadano DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101, su negativa de la entrega del vehículo en referencia, porque se pudo constatar que el numero de identificación vehicular (NIV) chapa de carrocería (tablero) y en el que se leen los alfanuméricos AJF1RP13641, se encuentra en estado Suplantada, el numero de identificación vehicular (NIV) chapa de carrocería (puerta), en el que se leen los alfanuméricos AJF1RP13641, se encuentra suplantada, el numero de identificación vehicular (NIV) serial de chasis en el que se leen los alfanuméricos RA13641, se encuentra en estado ORIGINAL.
Cursa en el folio 22 Experticia de Reconocimiento Legal y Avaluó Real practicada por el experto TSU SIVIRA ALVARADO HECTOR JOSE de un PLACA: A52BX2V; MARCA: FORD, MODELO: PICK-UP, AÑO: 1994, COLOR: VINOTINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, SERIAL DE MOTOR: 1.6, donde dejaron constancia de siguientes conclusiones:
1.- El serial de la Carrocería troquelado en el Body identificador que se ubica en el tablero delantero del lado del conductor se encuentra en su estado ORIGINAL, asimismo dicho Body se encuentra suplantado, motivado a que los remaches que presentan difieren de los utilizados por la planta ensambladora.
2.- El serial de la Carrocería troquelado en el Body identificador que se ubica en la puerta delantera del lado del conductor AJF1RP13641 se encuentra en su estado ORIGINAL, asimismo dicho Body- se encuentra suplantado, motivado a que los remaches que presentan difieren de los utilizados por la planta ensambladora.
3.- El serial de la Carrocería troquelado en el chasis RA13641, se encuentra en su estado ORIGINAL.
5.-Porta motor seis cilindros.
Avalúo: De acuerdo a la marca, modelo y estado en que se encuentra tiene un valor comercial aproximado de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs. 120.000,00). El referido Vehículo no presenta solicitud y aparece registrado en el INTT.
Cursa al folio 27, Informe de Reconocimiento Mecánico y Diseño, de fecha 02-04-2014, practicado por SGTO/2DO (TT) JESUS GREGORIO CAMEJO ANDRADE, donde dejó constancia de siguientes conclusiones:
Peritaje Físico:
-1.- Presenta serial en chasis parte media central del lado derecho por cara inferior del chasis y con un serial alfanumérico –RA13641-, troquel bajo relieve, en cuanto al área y troquel, es utilizado por la planta ensambladora, el cual se determina ORIGINAL.
-2.- El vehículo presenta una chapa ubicada en el tablero lado izquierdo con un serial alfanumérico AJF1RP13641, estampado en troquel bajo relieve, fijada con dos remaches, en cuanto a la chapa y troquel y sistema de fijación, es utilizado por la planta ensambladora, el cual se determina ORIGINAL.
- 3.- El vehículo presenta una chapa ubicada en la puerta izquierda con una alfanumérico AJF1RP13641, estampado en troquel bajo relieve, fijada con dos remaches, en cuanto a la chapa y troquel y sistema de fijación, es utilizado por la planta ensambladora, Sin embargo la chapa presenta daños en los remaches y se determina como chapa movida (NO AFECTA LA LEGALIDAD DEL VEHICULO).
- 4.- El vehículo Presenta Serial de Motor 6 cilindros en línea sin serial ORIGINAL, de la planta ensambladora.
- 5.- presenta 2 placas de identificación original.
Inspección Mecánica y Diseño:
Este vehículo no presenta daño ni reparación de ningún tipo, en buen estado, el diseño de estos modelos de vehículos, es de chapa serial de carrocería en puerta izquierda, serial en chasis, serial en tablero, serial de motor van incorporados en los sistemas móviles y fijos, (motor, caja, cauchos rines, parachoques) en el cual se especifica lo siguiente: El vehículo se encuentra en buen estado de circulación y mantenimiento.
Cursa al folio 34, Informe pericial, de fecha 11-04-2014, practicado por el Experto vehicular V Lcdo. Luís Figueredo y Experto vehicular IV T.S.U. Wuekensson Hernández, adscritos a la División de Peritaje vehicular del Ministerio Público, quienes concluyen:
- El Numero de identificación vehicular (NIV), chapa de carrocería (tablero) y en el que se leen los alfanuméricos AJF1RP13641, se encuentra en estado SUPLANTADA.
- El Numero de identificación vehicular (NIV), chapa de carrocería (puerta) y en el que se leen los alfanuméricos AJF1RP13641, se encuentra en estado SUPLANTADA.
- El Numero de identificación vehicular (NIV), serial de chasis y en el que se leen los alfanuméricos RA13641, se encuentra en estado ORIGINAL.
- Posee Motor 6 cilindros.
- No presenta solicitud policial.
Cursa al folio 179 y 180 Copia Certificada de Documento de Compra-Venta, autenticado por ante la Notaría Pública Tercera de Barquisimeto, en fecha 10-10-2012, anotado bajo el Nº 13, Tomo 102 de los Libros de Autenticaciones que se llevan por ante esa Notaría, donde se evidencia que el ciudadano JOSE SANCHEZ SAN SEGUNDO, Titular de la Cédula de Identidad Nº E- 82.057.971, en su condición de representante legal de la Sociedad Mercantil: Urbaser Venezolana, S.A, tal como se desprende de instrumento-poder, autenticado por ante la Notaría Pública Quinta de Valencia, Estado Carabobo en fecha 04-10-2011, bajo el Nº 40, tomo: 545, de los Libros de Autenticaciones, le vende un vehiculo propiedad de su representada, con las siguientes características: PLACA: A52BX2V; MARCA: FORD, MODELO: PICK-UP, AÑO: 1994, COLOR: VINOTINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, SERIAL DE MOTOR: 1.6; al ciudadano CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, Persona ésta que otorga poder al ciudadano DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101, quien solicita por ante este Tribunal le sea entregado dicho vehículo.
Cursa al folio 87, Experticia de Autenticidad y Falsedad de un Certificado de Registro de Vehículo, signado con el Nº 32630077 (AJF1RP13641-2-2), a nombre de CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, realizado por los expertos Detective Alberth Escalona, Adscrito al CICPC, Delegación Estadal Lara, el cual arrojó como resultado; que el Certificado de Registro de Vehículo suministrado como dubitado descrito es AUTENTICO.
Cursa en folio 49 y 50, Copia Certificada de Documento de Instrumento-Poder, autenticado por ante la Notaría Publica de Carora, Municipio Torres, en fecha 01-04-2014, anotado bajo el Nº 31, Tomo 05 de los Libros de Autenticaciones que se llevan por ante esa Notaría, donde se evidencia que el ciudadano CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, le confiere poder especial de administración, Disposición y representación, amplio y suficiente a cuanto a derecho se requiere, al ciudadano: DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101, sobre un vehiculo de su propiedad con las siguientes características: PLACA: A52BX2V; MARCA: FORD, MODELO: PICK-UP, AÑO: 1994, COLOR: VINOTINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, SERIAL DE MOTOR: 1.6.
Cursa en folio 73 al 175, oficio Nº 13-05-2014-4054, de fecha 11-06-2014, remitido a este despacho, por el Gerente de Registro de Tránsito del INTT, ciudadano Abg. Ana del Carmen González Salazar y anexa al mismo Certificación de Datos e Historial del Vehículo Placas: A52BX2V, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, a nombre de la Ciudadana: CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, en el mismo se aprecia: CERTIFICACION DE DATOS, DATOS DEL PROPIETARIO: CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, DATOS DEL VEHÍCULO: PLACA: A52BX2V; MARCA: FORD, MODELO: PICK-UP, AÑO: 1994, COLOR: VINOTINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, SERIAL DE MOTOR: 1.6.
Ahora bien, de la revisión de las presentes actuaciones se observa que solo existe un solicitante que es el ciudadano DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101, en su condición de apoderado Judicial del ciudadano: CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, por cuanto como tal lo acredita el Documento de Instrumento-Poder, autenticado por ante la Notaría Pública de Carora, en fecha 01-04-2014, anotado bajo el Nº 31, Tomo 05 de los Libros de Autenticaciones que se llevan por ante esa Notaría, donde se evidencia que el ciudadano CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, le confiere poder especial de administración, Disposición y representación, amplio y suficiente a cuanto a derecho se requiere, al ciudadano: DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101, sobre un vehiculo de su propiedad con las siguientes características: PLACA: A52BX2V; MARCA: FORD, MODELO: PICK-UP, AÑO: 1994, COLOR: VINOTINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, SERIAL DE MOTOR: 1.6; aunado a que de las resultas de las experticias realizadas al mencionado vehículo las mismas nos indican que estamos en presencia de un Vehículo con documentación autentica, Sin embargo la chapa presenta daños en los remaches y se determina como chapa movida (NO AFECTA LA LEGALIDAD DEL VEHICULO), tal situación hace procedente con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, así como el criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia la cual estableció “ a quienes habiendo acudido al Juez de Control a solicitar su devolución, demuestren en prima facie ser propietario o poseedores legítimos y mas adelante continua la sentencia … en los casos de los vehículos automotores, resulta obligatoria su devolución a quienes exhiban la documentación expedidas por las autoridades administrativas de transito..” , por lo que debe hacerse la entrega del vehículo, instando al propietario a cumplir con lo establecido en el artículo 34 del Decreto con Fuerza de Ley de Transito Terrestre, en cuanto a las modificaciones que afecten las características originales del vehículo, deberán ser notificadas al Registro Nacional de Vehículos y Conductores, a fin de que emita la constancia correspondiente.
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 11 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: PRIMERO: Hacer la ENTREGA PLENA del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la Carretera Vía Maldonado, casa S/N, Parroquia Camacaro, Municipio Torres, Estado Lara, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano: CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, por cuanto como tal lo acredita el Documento de Instrumento-Poder, autenticado por ante la Notaría Pública de Carora, en fecha 01-04-2014, anotado bajo el Nº 31, Tomo 05 de los Libros de Autenticaciones que se llevan por ante esa Notaría, donde se evidencia que el ciudadano CARLOS HUMBERTO CAMARGO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.846.497, le confiere poder especial de administración, Disposición y representación, amplio y suficiente a cuanto a derecho se requiere, al ciudadano: DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101, sobre un vehiculo de su propiedad con las siguientes características: PLACA: A52BX2V; MARCA: FORD, MODELO: PICK-UP, AÑO: 1994, COLOR: VINOTINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, SERIAL DE MOTOR: 1.6; SEGUNDO: Oficiar al Estacionamiento “Inversiones Cupertina Meléndez” de esta ciudad que por decisión de esta misma fecha se acordó la Entrega Plena del vehículo. PLACA: A52BX2V; MARCA: FORD, MODELO: PICK-UP, AÑO: 1994, COLOR: VINOTINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1RP13641, SERIAL DE MOTOR: 1.6; al mencionado ciudadano DALIS SAMUEL CARMONA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.766.101. TERCERO: Sírvase hacer entrega al propietario de toda la documentación original del Vehículo, dejando en su lugar copia certificada. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.
LA JUEZA ONCE CONTROL
ABG. MARILUZ CASTEJÓN PEROZO.
LA SECRETARIA