REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintitrés de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: TP11-L-2015-000178
DEMANDANTE: GABRIEL ANTONIO AZUAJE DELGADO
APODERADO: RUBEN RONDON
DEMANDADA: FUNDACIÓN DE INFRAESTRUCTURA ASISTENCIA SOCIALISTA (FINAS)
APODERADO DE LA DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES

Visto que se recibió en fecha 19/06/2015 asunto para sustanciar TP11-L-2015-000178 donde figura como parte demandante el ciudadano GABRIEL ANTONIO AZUAJE DELGADO titular de la cedula de identidad N- 9.374.655, representado por el Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, contra FUNDACIÓN DE INFRAESTRUCTURA ASISTENCIA SOCIALISTA (FINAS), con representante legal ciudadano VALMORE RAMON MONTILLA MENDEZ, titular de la cedula de identidad N- 5.761.664 por motivo COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, este Tribunal observa del estudio del asunto lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha 25/06/2015 se ordeno corregir libelo de demanda conforme al artículo 123 ordinales 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Que en fecha 20/07/2015 se recibió resulta de cartel de notificación recibido en forma positiva por la parte actora a través de la ciudadana ADELAIDA AZUAJE, titular de la cedula de identidad N- 10.260.327, quien señalo ser hermana del demandante, recibida en la dirección señalada en el libelo de la demanda. TERCERO: Que vencido el lapso otorgado para que la parte subsanara, no subsano el libelo de demanda, en tal sentido este Tribunal considera perimida la presente demanda conforme al artículo 124 ejusdem, por no haber subsanado el libelo como le fue ordenado, en consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara PERENCIÓN DE LA PRESENTE DEMANDA POR NO HABER SUBSANADO, intentada por el ciudadano GABRIEL ANTONIO AZUAJE DELGADO titular de la cedula de identidad N- 9.374.655, representado por el Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, contra FUNDACIÓN DE INFRAESTRUCTURA ASISTENCIA SOCIALISTA (FINAS) con representante legal ciudadano VALMORE RAMON MONTILLA MENDEZ, titular de la cedula de identidad N- 5.761.664 por motivo COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, pudiendo ejercer el recurso correspondiente dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de hoy ó interponer nuevamente la demanda. A los Veintitrés (23) días del mes de Julio (07) de Dos Mil Quince (2015) Publíquese y Regístrese A los 203° y 154° Siendo las 10:45 a. m.
La Juez

Abg. YULIBETT CALDERÓN
La Secretaria

Abg. EGLEIDA RUIZ


En esta misma fecha se publico. La Secretaria

Abg. EGLEIDA RUIZ