REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 29 de julio de 2015
205º y 156º

ASUNTO: AH18-X-2012-000053

Vista las anteriores diligencias presentadas por la abogada Julieta Gioppo Sosa, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 196.709, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en autos y visto que ambas partes celebraron Transacción en fecha 30 de junio de 2015, el cual fue debidamente homologado por este Tribunal en fecha 03/07/2015, se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, este Juzgado a solicitud de la parte actora, SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 19 de febrero de 2013 y comunicada mediante oficio Nº 2013-06226, sobre el cincuenta por ciento (50%) del bien inmueble que a continuación se identifica: “Un apartamento destinado a vivienda principal, distinguido con el numero 24-A, ubicado en la primera planta o segundo piso que forma parte de la Torre “A” del Edificio denominado “RESIDENCIAS CARONI”, ubicado en Santa Fe, avenida Leopoldo Aguerrevere, Municipio Baruta, Distrito Sucre del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás características constan en el Documento de Condominio protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, el 10 de Agosto de 1981, bajo el No. 4, tomo 18, Protocolo Primero. El apartamento tiene una superficie aproximada de CIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (138,68 mts2) y consta de las siguientes dependencias: salón, comedor, balcón, dormitorio de servicio con baño, cocina pantry, lavadero, dos (2) dormitorios, un baño, dormitorio principal con vestier y baño, y se encuentra comprendidos dentro de los siguientes linderos: NORTE: Pasillo de circulación, foso de ascensores y con el apartamento 22-A; SUR: Fachada Sur principal del Edificio; ESTE: Fachada este del edificio y OESTE: Pasillo de circulación, foso de ascensores y con el apartamento 23-A. Le corresponde un closet maletero distinguido de igual manera como esta distinguido dicho apartamento; y también le corresponde un (01) puesto de estacionamiento distinguido con el No. 30, ubicado en el sótano cinco (05). Asimismo a dicho apartamento le corresponde un porcentaje sobre las cosas comunes de OCHENTA Y CINCO CÉNTIMAS POR CIENTO (0,85%).” Dicho inmueble le pertenece a los ciudadanos IVÁN ALEXANDER RAMÍREZ ECHEVERRI y CLAUDIA PATRICIA ARANGO ZAPATA, ambos de nacionalidad colombiana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs E-83.772.016 y E-83.772.015 respectivamente, según se evidencia de titulo de propiedad protocolizado ante la Oficina de Registro Publico del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, el 26 de Julio de 2007, bajo el Nº 15, tomo 9, Protocolo Primero. Líbrese oficio a la prenombrada oficina de registro participándole la suspensión de la medida, a los fines de que se sirva estampar la nota marginal y acuse recibo a este Juzgado. Cúmplase.

En cuanto a las copias certificadas de la sentencia que homologó la transacción celebrada por las partes en el cuaderno principal, este Tribunal insta a la solicitante a efectuar dicho pedimento en el referido cuaderno. Asimismo, se designa correo especial a la abogada Julieta Gioppo Sosa, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 196.709, a fin de que gestione todo lo relacionado a la entrega del oficio aquí acordado, contentivo de la suspensión de la medida de secuestro. Cúmplase.
El Juez,

Abg. César A. Mata Rengifo
La Secretaria,

Abg. Inés Belisario Gavazut


En esta misma fecha se cumplió con lo acordado en el presente auto, libró oficio Nº 2015-0443.
La Secretaria,

Abg. Inés Belisario Gavazut




CAMR/IBG/JAP