REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, nueve (09) de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: KH12-S-2008-000004

SOLICITANTE: Juana María Aranguren Pereira, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.928.417.

BENEFICIARIO: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titular de la cédula de identidad Nº V- (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).

Motivo: Colocación Familiar.

En fecha veintiséis (26) de abril de 2013, este juzgado mediante sentencia signada baja el Nº 141-2013, dictó medida provisional de colocación familiar, a favor del adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en la persona de la ciudadana Juana María Aranguren Pereira, titular de la cédula de identidad Nº V-5.928.417, ordenándose los respectivos seguimientos de conformidad con la norma del articulo 401-B de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha ocho (08) de julio de 2015, esta Juzgadora se aboco al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba.

Este Juzgado observa:

De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende que el beneficiario (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), cumplió la mayoría de edad, tal como consta en la copia de la partida de nacimiento que corre inserta al folio tres (03) de autos, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento. Así se decide.

DECISIÓN

En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se da por Terminada la medida de colocación familiar, dictada mediante sentencia signada bajo el Nº 141-2013, de fecha veintiséis (26) de abril de 2013, por cuanto el mismo cumplió su mayoridad.

Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, nueve (09) de julio de 2015. Año 205º y 156º.

LA JUEZ TEMPORAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION


Abg. MARYHE GEORGINA ALVAREZ ALVAREZ

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 340- 2.015 y se publicó siendo las 01:41 p.m.


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


KH12-S-2008-000004