REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer
Tribunal Tercero de Control, Audiencia y Medidas Estado Lara
Barquisimeto, 29 de julio de 2015
204º y 156º

ASUNTO: KP01-S-2013-002436
Causa Fiscal N° MP-24902-2014

SOBRESEIMIENTO
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Visto el escrito presentado por la Fiscalía Auxiliar interina Vigésima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el que solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado procede a decidirla en los términos siguientes:

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

VICTIMA: MARIA ELENA OVIEDO TONAS, Titular de la Cedula de Identidad N° V (...).

IMPUTADO: MAIKEL RAFAEL SANDOVAL, titular de la cedula de Identidad N° V-(...).

DE LOS HECHOS
En fecha 16 de Enero del 2014, se dio inicio a la investigación penal signada con el N° MP-24902-2014 con ocasión a la denuncia realizada por la ciudadana, MARIA ELENA OVIEDO TONAS, Titular de identidad N° V (...) por ante la sede de la representación Fiscal en contra del ciudadano MAIKEL RAFAEL SANDOVAL , (plenamente identificado), por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde manifestó: “……que el ciudadano investigado todo el tiempo la insulta y ofende a través de palabras ofensivas y obscenas y en ocasiones la corre de su casa ...” .

SOLICITUD FISCAL
La representación Fiscal, solicita se decrete el sobreseimiento de la presente causa, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA , previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia por cuanto a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación lo que consecuencialmente significa la inexistencia de bases para solicitar fundamentos enjuiciamiento de ciudadano alguno por los hechos denunciados , todo ellos de conformidad con los establecido en numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal .

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Observa esta Juzgadora que ciertamente, de las actas procesales que conforman la presente causa, se evidencia la duda que subsiste respecto a la comisión de delito o la participación del imputado en el mismo; y visto que no existen suficientes elementos de convicción que permitan encuadrar el hecho investigado dentro del tipo penal de actas y tomando en consideración la solicitud del Ministerio Público, este Tribunal declara lo peticionado por considerarlo ajustado a Derecho y ordena declarar el Sobreseimiento de la presente causa por el ordinal 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de los Tribunales con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Lara, IMPARTIENDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano MAIKEL RAFAEL SANDOVAL , por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA , previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIA ELENA OVIEDO TONAS, Titular de identidad N° V (...) de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, cesa cualquier medida cautelar o medida de protección y de seguridad que se haya sido impuesta al mismo en razón de la presente causa penal. Verificado como ha sido que no constan datos suficientes de la dirección del investigado y víctima en el Asunto Penal, se considerará como dirección la sede del Tribunal en consecuencia se publicará las Boletas de Notificación en las puertas del Tribunal y se ordenara agregar copia de la misma al Asunto Penal, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 165 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese y publíquese. Cúmplase.-

LA JUEZA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL ESTADO LARA N°3



ABG. MEILIN DESIREE ESTACIO LOYO




SECRETARIO (A)